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El sistema nacional de derechos humanos bajo la coordinación del ministerio de justicia no choca con el defensor del pueblo

Recientemente, la cámara de Diputados aprobó la iniciativa legislativa “proyecto de ley para el fortalecimiento del sistema de justicia y que crea el ministerio de justicia”, que al parecer será aprobado en el senado de la Republica; dentro de las novedades de esta importantísima pieza legislativa, encontramos que una de las misiones que tendrá este ministerio es ”Coordinar el Sistema Nacional de Derechos Humanos y las políticas públicas en materia de derechos humanos, así como instrumentar la respuesta a los requerimientos normativos, procesales y documentales de los organismos internacionales de derechos humanos”, o sea coordinar la política gubernamental para la `protección de derechos humanos y la representación estadual ante organismos del sistema regional y universal de los derechos humanos, ante esta atinada función ya que el Poder ejecutivo como detentador de la autoridad del gobierno nación al y responsable de la política exterior es que debe encarar la aseguranza del cumplimiento de los derechos humanos a toda persona dentro del territorio y el cumplimiento de los compromisos convencionales, ha encontrado el rechazo de un reducido grupo que se opone a todo, como especie de una legión de “anti todo”, alegando que el sistema nacional de los Derechos humanos, corresponde al Defensor del Pueblo, honestamente que desde que me titule de especialista en derechos humanos y participar en los principales conclaves en el ámbito nacional y litorales extranjeros, no he escuchado una afirmación tan errática, como la que señalo, el amigo y colega presidente del Colegio de Abogados.

Vamos para nuestra intervención de hoy definir algunos conceptos y luego conocer las competencias del órgano constitucional y de lo que sería el Ministerio de Justicia y de cómo no chocan el uno con el otro.

Si de una parte los derechos Fundamentales como lo expresa el Maestro universalmente acreditado nacional de Alemania, pero asumido en todo el Planeta Robert Alexis, los Derechos Fundamentales son “Las cuestiones acerca de cuáles derechos tiene el individuo como persona y como ciudadano de una comunidad, de a qué principios está sujeta la legislación estatal y qué es lo que exige la realización de la dignidad humana. La libertad y la igualdad constituyen grandes temas de la filosofía práctica y puntos polémicos centrales de las luchas políticas pasadas y presentes”, en igual dirección podríamos decir transitan los Derechos Humanos, que “Son atributos de toda persona e inherente a su dignidad, que el estado está en el deber de respetar, garantizar o satisfacer, como así lo señalo ese prohombre defensor de las libertades y los derechos, que llevo por nombre Pedro Nikken. Sobre esta conceptualización, se puede se desprende la tesis discutida de que, aunque ambos Derechos, son parte de los individuos, los últimos –Los Derechos Humanos- son únicamente vulnerados por el estado, es decir que el único ente jurídico que se le puede encausar por la violación de los Derechos Humanos es el Estado.

Visto esto se puede describir que el sistema nacional de los Derechos Humanos, es el conjunto de órganos con el fin de articular a las entidades e instancias dentro del estado que tienen que ver con la protección de los Derechos Constitucionales y que sirve para coordinar sus acciones para promover el respeto y garantía de los Derechos Humanos, el ministerio de Justicia para el desarrollo efectivo de ese espacio de articulación de políticas públicas coordinara una especie de mesa de derechos Humanos, donde se debatirán y ejecutaran las políticas públicas del estado en la materia y se coordinara la representación ante órganos como la comisión y corte interamericana, así como el Consejo de Naciones unidas

Es importante saber que aunque normativamente este sistema nacional de derechos Humanos no estaba regulado, de manera informal, está integrado en nuestro país, entre otros por el CONADIS, CONAPE, CONADIS, Defensoría Pública, Protecom, Proconsumidor, Prousuario, el sistema de justicia, los ministerio que tutelan derechos convencionales como los de la juventud, medio ambiente, entre otros además también el defensor del pueblo, que conforme a nuestra Constitución, la estrategia nacional de desarrollo y su ley orgánica la 19-01, tiene como competencia la salvaguarda de los derechos colectivos y difusos, la fiscalización de la administración pública y empresas que prestan servicios colectivos, promover y educar en cuanto a los derechos Fundamentales, o sea que no tiene a cargo la coordinación de los organismos sectorializados de protección, sino que fiscaliza que estos estén dando respuestas a la ciudadanía, o sea que hace parte del sistema nacional de los Derechos Humanos, no que es el órgano macro de coordinación, visto esto no entendemos cómo se pretendería decir que el nuevo ministerio de justicia usurparía una función constitucional, donde todo lo contrario, reafirmaría y redundaría en lo que es la ejercitación de derechos y por primera vez se impulsarían y trabajarían de manera coordinada.

Ojalá que quienes vayan a dirigir esas políticas públicas y sobre todo el viceministerio de derechos humanos, conozcan la materia y que la meritocracia y vocación supere el populismo y la clientela, para no pasar como Montesinos con una voz que clama en el desierto.

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