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Funcionario público

Un exfuncionario consular incoó una acción de amparo, en reclamo de su reposición. El TSA la declaró inadmisible, por prescripción, argumentando que no fue interpuesta dentro del plazo de los 60 días que establece la ley 137-11. Al conocer un recurso de revisión, el Tribunal Constitucional revocó el fallo, y a su vez declaró la inadmisibilidad del amparo, por una razón distinta. En criterio del TC, existe otra vía eficaz para hacer el reclamo, que es el recurso contencioso administrativo por ante el mismo TSA, que permite una protección adecuada de los derechos invocados. Según asentó el TC, uno de los elementos que tomó en cuenta para determinar que una vía distinta a la acción de amparo es eficaz es que el juez que conoce de ella esté facultado para dictar medidas cautelares, sí así lo requirieran las circunstancias del caso´, como verificó ocurre en el expediente fallado. (TC/0113-23).

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