Incompetencia

El Tribunal Constitucional se declaró incompetente para conocer un recurso de revisión de decisión jurisdiccional en contra de una sentencia de un tribunal penal que decidió un habeas corpus.

Se basa en que ese tipo de recursos “no está habilitado en el ordenamiento procesal penal”, debido a que el artículo 386 del Código Procesal Penal “no admite recurso alguno contra decisiones que acojan la acción constitucional de hábeas corpus”.

Llama la atención el voto salvado de siete jueces, que expresaron su desacuerdo y plantearon una variación del precedente en esa materia. (TC-0380-22).

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