Opinión

El beneplácito

Miguel Reyes SánchezSanto Domingo

Previo a la designación de un embajador, el Estado acreditante debe dirigirse al país ante el cual desea acreditarlo, para solicitar su aquiescencia. La respuesta favorable es lo que se llama beneplácito, agreement o plácet.

Pero hay un detalle: el Estado receptor no está obligado a expresar al Estado acreditante los motivos de su negativa a otorgar un beneplácito. Es una práctica común de derecho internacional de que si han pasado sesenta días y el Estado receptor no contesta, es una denegación implícita.

La concesión del beneplácito a un embajador constituye un acto discrecional del Estado receptor, que tiene plena libertad para acordarlo o negarlo sin explicar los motivos, en caso de rechazo. Esta regla de derecho diplomático adquirió carácter obligatorio en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de fecha 18 de abril de 1961.

La solicitud de plácet en República Dominicana se hace a través de una nota verbal con el currículo vitae del sugerido adjunto y se puede pedir de tres maneras: a través del embajador del Estado receptor en el país acreditante, mediante el embajador del país acreditante en el Estado receptor o directamente entre las cancillerías.

Los motivos de rechazo son diversos de acuerdo a los requerimientos de cada Estado. Unos Estados son muy estrictos con requisitos específicos, mientras otros Estados, como tradicionalmente ha sido el nuestro, simplemente aprueban cualquier pedido. Las normas vaticanas son quizás las más estrictas en cuanto al otorgamiento de un beneplácito, ya que el candidato debe ser soltero o si está casado debe haber sido por la iglesia católica, no admite divorciados, ni personas que hayan cometido un delito penado por su legislación.

Algunos ejemplos ilustrativos de la negación del beneplácito en la historia son los siguientes: En 1847, el Rey de Hannover rechazó recibir un embajador porque él era católico romano. Mientras, en 1891 el gobierno chino rechazó dar su agreement al ministro de los Estados Unidos, señor Blair, porque ese último había, en un discurso en el Senado, pronunciado palabras ofensivas en contra de China.

En el 2009, el Vaticano vetó a la señora Caroline Kennedy como embajadora. La Santa Sede la consideró inaceptable por sus posturas a favor del aborto y al uso de las células madre con embriones humanos. En la historia de la República Dominicana hemos tenido varias experiencias en las cuales, a embajadores propuestos, le ha sido negado el beneplácito:

Recuerdo un famoso artista que deseaban designarlo en Francia, pero Quai d’Orsay, la cancillería gala, exigía en aquel entonces que los embajadores acreditados tuvieran un grado académico, lo que carecía el propuesto.

Asimismo, el caso con Itamaraty, la cancillería brasileña, que negó el beneplácito a un propuesto dominicano porque con anterioridad había tenido altercados en Río de Janeiro. Pero un caso interesante, fue la solicitud de beneplácito de un diplomático de carrera dominicano, que fue retardada su aceptación como Embajador ante la Santa Sede, en razón del matrimonio anterior de su esposa, quien se había divorciado, pero tuvo que pedir la anulación de ese matrimonio. Hasta que no se produjo la anulación, no se recibió el beneplácito.

Siempre he propugnado por la creación de una Unidad de Inteligencia Diplomática en nuestra Cancillería, que entre sus funciones esté la depuración de quienes son propuestos para ejercer como embajadores en República Dominicana.

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