DOSSIER DIPLOMÁTICO

En torno al Cuerpo Diplomático

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Manuel Morales LamaSanto Domingo

Con el propósito de potenciar la efectividad de los vínculos di­plomáticos que demandan las relaciones internacionales contempo­ráneas, los responsables de los centros de decisiones de estos asuntos y sus ejecuto­res en cada Estado tienen el deber de conocer con preci­sión “las instituciones que la diplomacia ha ido crean­do” a través de su proceso evolutivo, de modo que re­sulten útiles para la conse­cución de los objetivos de la política exterior de cada Estado.

En ese orden, se puede asegurar que, si bien en el precitado proceso evolutivo el término cuerpo diplomá­tico ha tenido otras acepcio­nes, hoy ese vocablo “está reservado para referirse al conjunto de agentes diplo­máticos (jefes de misiones diplomáticas permanentes), acreditados con tal carácter en un país determinado”. Así lo consigna el Dicciona­rio Diplomático Iberoame­ricano (y es como lo usan la mayoría de los tratadistas).

Sin embargo, ciertos au­tores, en un sentido más amplio, denominan cuerpo diplomático al conjunto de funcionarios (no únicamen­te a los jefes de misión) acre­ditados ante un determina­do Estado.

En el mismo contexto, de­be tenerse presente que el servicio exterior es, en esen­cia, el “órgano permanente del Estado” que tiene como encomienda la misión de re­presentarlo y de ejecutar la política exterior de su país, conforme a las respectivas normas y a los lineamientos e instrucciones correspon­dientes. Igualmente, entre sus responsabilidades está el deber de salvaguardar y promover los intereses de su país ante los Estados extran­jeros u Organismos Interna­cionales. El servicio exterior suele estar integrado por los agentes diplomáticos (y los funcionarios consulares) del propio Estado.

Retomando lo concer­niente al cuerpo diplomá­tico, Oppenheim considera que “como el cuerpo diplo­mático no es una entidad constituida jurídicamente, por ello, no realiza funcio­nes jurídicamente regula­das, pero reviste una gran importancia, ya que tutela los privilegios y honores de­bidos a los enviados diplo­máticos”.

La función de Decano del Cuerpo Diplomático es asu­mida por el “Nuncio Apos­tólico de Su Santidad”, en calidad de Decano ex oficio, siguiendo la costumbre es­tablecida por el Congreso de Viena de 1815, particu­larmente en países de tra­dición católica que tienen Concordatos u otro tipo de acuerdos vigentes con la Santa Sede que así lo de­terminen. Mientras que en otros países el Decano será el jefe de misión que ocupe “el primer lugar en prece­dencia entre todos los jefes de misión residentes”.

Generalmente, el Decano es asistido por un vicedeca­no (jefe de misión residen­te que le sigue en orden de precedencia) y “suele ase­sorarse de tres o cuatro” embajadores (de preferen

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