JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
Juicios virtuales
La declaratoria de emergencia a causa de covid 19 no evitó que el Constitucional anulara resoluciones emitidas por el Consejo del Poder Judicial (CPJ) en la pandemia para mantener el servicio en los tribunales, incluyendo el protocolo para las audiencias virtuales.
Aunque no cuestionó el uso de la tecnología y el sistema virtual instaurado en la justicia, deploró que fueron dictadas por un órgano incompetente, el CPJ, pues considera que corresponde al legislador. Reconoció que se perseguía “un fin constitucionalmente válido”, proteger el derecho a la salud, pero percibió que no se usó el medio idóneo.
La modalidad virtual es delicada en los casos penales. Ahora bien, hay áreas que no generarían mucho inconveniente, como la civil y laboral, o en la Suprema en el conocimiento de recursos de casación, porque los abogados solo leen conclusiones . Sería factible que se legisle para establecer ese modelo no presencial en la justicia, previo acuerdo con las partes. (TC-286/21).