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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Divorcios

El tiempo de casado y la edad de los contrayentes ya no constituyen obstáculos para que una pareja invoque la causa de divorcio por mutuo consentimiento.

En un fallo dictado el 30 de julio del 2021, el Constitucional anuló el artículo 27 de la ley 1306-BIS, que prohíbe el divorcio por mutuo acuerdo a la pareja con menos de dos años de matrimonio y más de 30, y cuando el hombre tiene más de 60 años de edad y la mujer 50. En criterio de los jueces del Constitucional, esa restricción vulnera el derecho a la igualdad y a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, pues estima “irrazonable y desproporcionado la prohibición impuesta a los cónyuges de interrumpir por mutuo acuerdo su proyecto de vida común, cuando así lo decidieren, luego de haber voluntariamente otorgado su consentimiento para contraer matrimonio”. (TC-0226-21).

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