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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Una arbitrariedad

Por presuntamente mantener una “relación amorosa” mientras participaba en un curso, la Policía Nacional canceló a una joven raso, alegando que las relaciones entre instructores y personal en entrenamiento están prohibidas en el reglamento interno de la escuela policial.

Al acoger un recurso de revisión de amparo, el Tribunal Constitucional estableció que la cancelación fue irregular y arbitraria. Determinó que fue cancelada después de concluida la capacitación, por lo que consideró que su destitución es contraria al principio de legalidad. Ordenó su restitución en el rango de raso que ostentaba antes de su puesta en retiro y dispuso el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación. También impuso un astreinte de RD$1,000 diarios. (TC-433-19).

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