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EN LA RUTA

La sentencia del TSE

La sentencia TSE-012-2019 del Tribunal Superior Electoral (TSE), y votada 3 a favor y dos en contra para invalidar por segunda ocasión las decisiones de la XXXIV Convención Nacional Extraordinaria Pedro Franco Badía, del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), celebrada el 3 de diciembre del 2017, muestra aristas preocupantes tanto en hecho como en Derecho.

Y es que lo resolutado por la corte en virtud a lo dictado por el Tribunal Constitucional (TC), mediante fallo TC/0353/18, que acogiendo un recurso de revisión del PRD mandó a efectuar un nuevo proceso toda vez que la decisión inicial del TSE (TSE- 002-2018) violentaba el principio de legalidad, exigía requisitos para la convocatoria que no estaban contemplados en los estatutos y hubo impedimento para aportar documentación probatoria, fue más allá del petitorio.

Y es que aunque el cuestionamiento original de la parte demandante se basó en la forma de convocatoria, el TSE ahora basa su dictamen en una supuesta falta de quórum, que en ningún momento estuvo objetada ni fue parte del debate.

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