JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Retención de muebles

La retención de un motor motivó una acción de amparo en reclamo de su entrega. Un tribunal penal acogió la acción y dispuso su devolución. La fiscalía recurrió la decisión. El Tribunal Constitucional rechazó el recurso y confirmó la sentencia impugnada. Determinó que esa retención, sin un proceso penal abierto justificado, es una arbitrariedad del ministerio público.

Reiteró la imposibilidad del MP o autoridad competente de retener un bien mueble sin demostrar una imputación sobre algún ilícito penal, “pues esta actuación, aunque tenga intención legal, se convierte en una ilegalidad, al no poder demostrar existencia de una acusación seria en contra del ciudadano en perjuicio de quien se ha incautado un bien, en este caso un vehículo de motor”. (TC-024/19).

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