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Opinión

ASUNTOS DE DERECHOS

Lo que todos debemos saber

Matías Modesto Del Rosario HijoSanto Domingo

Se acerca felizmente un día especial, el Nacimiento del hijo de Dios. Contemplemos este misterio divino, el cual la mente humana no podrá nunca alcanzar, salvo que acepte a Dios de todo corazón. Propongámonos ser mejores seres humanos, mejores Jueces, ciudadanos, esposos y esposas, hijos e hijas. La familia, es el núcleo de la sociedad, así como la santísima Virgen María, José y el divino niño Jesús conforman esa familia modelo. Nuestra Constitución en su artículo 55 (el cual invito a leer detenidamente), establece: 1) La familia es el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. 2) Toda persona tiene derecho a constituir una familia. El Estado garantizará la protección de la familia. El bien de familia es inalienable e inembargable, de conformidad con la ley; 3) El Estado promoverá y protegerá la organización de la familia sobre la base de la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer; 4) Los matrimonios religiosos tendrán efectos civiles en los términos que establezca la ley, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales; 5) La unión singular y estable entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, genera derechos y deberes en sus relaciones personales y patrimoniales, de conformidad con ley; 6) La maternidad, sea cual fuere la condición social o el estado civil de la mujer, gozará de la protección de los poderes públicos y genera derecho a la asistencia oficial en caso de desamparo; 7) Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad, a un nombre propio, al apellido del padre y de la madre y a conocer la identidad de los mismos; 8) Todos los hijos son iguales ante la ley, tienen iguales derechos y deberes y disfrutarán de las mismas oportunidades de desarrollo social, espiritual y físico. Se prohíbe toda mención sobre la naturaleza de la filiación en los registros civiles y en todo documento de identidad. Es importante reiterar, que el padre y la madre, aun después de la separación y el divorcio, tienen el deber compartido de alimentar, criar, formar, educar, mantener, dar seguridad y asistir a sus hijos e hijas. !Feliz Navidad!

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