Modelo para armar
Atención Cristina Fernández de Kirchner, Rafael Correa, Nicolás Maduro, Ricardo Martinelli, Daniel Ortega y Evo Morales: el actual presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, acaba de anunciar que se presentará a la reelección para un segundo período de gobierno en el marco de lo previsto por la Constitución de su país. Lo que les debería resultar interesante a los nombrados y quizá hasta de ejemplo y como un modelo a seguir, es el hecho de que a partir de ahora y hasta el 25 de mayo del 2014, día de las elecciones, Santos no podrá asistir a actos de inauguraciones de obras públicas, entregar personalmente recursos o bienes estatales, referirse a los demás equipos políticos en sus apariciones como jefe de Estado ni usar imágenes y consignas de su campaña en la publicidad de gobierno. Salvo lo que tenga que ver estrictamente con la seguridad personal, también le está prohibido la utilización de bienes del Estado en actos de campaña. Y nuevamente atención, tampoco le está permitido la interrupción de la programación radial y televisiva para dar discursos presidenciales, ni dirigir programas y medios de informaciónn o usar canales institucionales para divulgar hechos de gobierno. Y todo esto, como lo destacó en forma enfática el propio ministro del Interior colombiano, Aurelio Iragorri, porque así lo dispone la ley de garantías electorales que regula en dicho país los términos de participación en política de un presidente como candidato. La ley no prevé -quizá a ninguno los legisladores que actuaron en su momento se le pasó por la cabeza semejantes eventualidades- prohibir la distribución de la publicidad oficial beneficiando a los medios amigos u el otorgamiento a estos de otros tipos de apoyos materiales directos o indirectos (ver Cristina, Maduro, Ortega, Evo), el uso “a piacere“ y en exclusivo de las cadenas nacionales por el candidato presidente y sus ministros, (ver Maduro, Correa, Cristina, Ortega, Evo) o regalar aparatos electrónicos a “los mas pobres“ como en Argentina o Venezuela, o conceder aumentos y beneficios especiales, directos o disfrazados, al acercarse las elecciones. Tampoco previeron prohibir que el presidente candidato insulte, difame y calumnie a los candidatos y miembros de la oposición y a la prensa independiente o no adicta al gobierno (ver Cristina, Martinelli, Maduro, Evo, Ortega, Correa). No se pensó en impedir expresamente todo intento de controlar y censurar y hasta prohibir entrevistas periodísticas a los candidatos opositores como lo hizo Correa en Ecuador, ni las “inhabilitaciones“ de políticos de la oposición, (Venezuela, Ecuador, Bolivia) ni tampoco en establecer leyes de prensa o de medios y aplicar mecanismos fiscales y hasta judiciales para amordazar a la prensa independiente y para apoderarse de los medios de información directamente, o desde el Estado o a través de amigos y testaferros (ver Argentina, Panamá, Venezuela, Nicaragua, Ecuador). ¿Habrá alguna esperanza de que todos o alguno de ellos opte por el modelo colombiano? Como diría el presidente uruguayo José Mujica: “Difícil que el chancho chifle”. Ya como que están demasiado acostumbrados. Según el ministro colombiano Iragorri, la ley “está diseñada para guiar el ejercicio transparente y equitativo de la democracia“. En buen romance: lo que se persigue es impedir el fraude previo a las elecciones. Una forma de fraude electoral flagrante que en los últimos tiempo ha proliferado en la región, amparado por personajes e instituciones cómplices e hipócritas que hablan de elecciones limpias, transparentes y libres. ¿No se podrán incluir algunos artículos de esta ley colombiana en la Carta Democrática Interamericana? Por lo menos como un recurso para no amontonar a todos en la misma bolsa y empezar a llamar a las cosas por su nombre.