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Opinión

PODER CIUDADANO

Yadira responde

Pregunta:El padre de mi hijo menor es ciudadano americano, por tanto el niño es americano. Deseo saber los pasos para obtener la manutención. Él está declarado por su padre. Quiero saber si desde aquí lo puedo hacer. Respuesta:Deberá iniciar una demanda por manutención ante el tribunal de menores correspondiente. El padre debe ser notificado a través de la Cancillería y el Consulado Dominicano del estado donde viva él. Gracias a que Estados Unidos es parte del convenio Apostilla de la Haya y reconoce la eficacia jurídica de nuestros documentos públicos, esa sentencia puede ejecutarla en EEUU en contra del padre de tu hijo. Pregunta:Mis hermanos están pedidos desde diciembre del 2003. Quiero saber en qué van estos casos. Son cinco y están pedidos por mi hermana que es ciudadana. ¿Donde puedo chequear cuanto faltaría para que salga la residencia? Respuesta:La petición de un ciudadano americano a favor de sus hermanos dura aproximadamente 11 años. Como tus hermanos fueron solicitados en el 2003, en este momento están procesando las peticiones que fueron presentadas antes del 15 de abril de 1998. Por consiguiente les falta aproximadamente unos 5 años. Puede llamar al Centro Nacional de Visa, teléfono: 603-334-0700. Pregunta:Tengo una relación desde febrero del 2006, a través del teléfono y la computadora con una mujer domínico-americana. Ella vino en junio y nos casamos en julio de 2008. Cuando regresó a EEUU sometió la petición de residencia para mí. Después de depositar dichos papeles, ¿Qué tiempo se puede tomar para que me otorguen el visado de residencia? ¿Qué posibilidades hay de que me concedan una visa de paseo después de que se me negó en noviembre del 2007? Respuesta:La petición de una ciudadana americana a favor de su esposo puede tomar desde 8 meses hasta dos años. Esto es pura especulación pues no hay certeza del tiempo de duración y depende de muchos factores. Con relación a las posibilidades que usted tiene de que le otorguen una visa de paseo, esto va a depender del cónsul. Sí debe asegurarse de indicar en el formulario de solicitud de visa de paseo, que su esposa es ciudadana americana y que sometió una petición de visa de residencia a su favor.

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