ARMAS DE FUEGO
Presentan demanda en Ecuador para anular porte de armas para defensa personal
Entre las exigencias para lograr el permiso está ser mayor de 25 años y presentar justificación para adquirir el arma
Un grupo de abogados presentaron este martes a la Corte Constitucional de Ecuador una demanda de inconstitucional contra el porte de armas para defensa personal autorizado por el Gobierno como una de sus medidas para combatir la inseguridad y la violencia del crimen organizado.
Entre los abogados que presentaron la demanda está el presidente del Centro de Investigación y Estudios de Derechos Humanos (CIEDH), Alexander Barahona, que anunció en redes sociales esta acción legal para dejar sin efecto lo dispuesto por el Ejecutivo.
La demanda argumenta que los artículos que regulan los requisitos para el porte y tenencia de armas de fuego letales y no letales a nivel nacional por parte de civiles tienen reserva de ley por su incidencia en derechos como la vida, la integridad y la libertad.
Asimismo, estos letrados consideran que el Ejecutivo debía haber efectuado una consulta prelegislativa a pueblos indígenas, ya que la normativa modificada ya contemplaba previamente el uso de armas ancestrales en territorios indígenas para usos tradicionales como la caza y la pesca.
"El riesgo a los derechos es evidente", afirmó Barahona, que confió en que la Corte Constitucional admita a trámite la demanda y disponga medidas cautelares urgentes.
Antes de emitir los decretos que autorizan que un civil pueda llevar armas de fuego para defenderse de un delincuente, el Gobierno aclaró que no se trata de un libre porte de armas y que para hacerlo hay que lograr el permiso que otorga el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Lo que se modificó en la normativa son los motivos esgrimidos para demandar el permiso de porte de armas e incluir el de defensa personal, para lo que se requieren todos los requisitos previamente dispuestos en la ley.
Entre las exigencias para lograr el permiso está ser mayor de 25 años y presentar una petición donde se justifique la necesidad de adquirir el arma.
También se requiere una certificación de dirección domiciliaria, la factura o contrato de compraventa del arma, un certificado biométrico emitido por la Policía Nacional, un certificado que acredite que no se cuentan con antecedentes penales y otro que demuestre no contar con denuncias o procesos de violencia familiar.
Asimismo, será igualmente necesario un certificado psicológico y toxicológico, así como uno que acredite destreza en el manejo y uso de arma de fuego.