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Condenan a gobierno español por no proteger a mujer que era amenazada por esposo dominicano

Un tribunal español condenó este miércoles al ministerio del Interior a indemnizar con 180,000 euros (211,000 dólares) a la familia de una mujer asesinada por su marido después de haber pedido sin éxito protección policial.

La mujer, residente en Sanlúcar la Mayor, cerca de Sevilla, pidió a la Guardia Civil en septiembre de 2016 una orden de protección contra su marido. La solicitud fue denegada porque el hombre carecía de antecedentes penales, por lo que los agentes no apreciaron riesgo para ella.

Al siguiente mes, el hombre, identificado por la prensa como un ex capitán de policía originario de República Dominicana, apuñaló a su mujer en la calle delante de los dos niños que habían tenido juntos.

El asesino se suicidó en mayo de 2020, cuando cumplía una pena de 28 años de cárcel.

La Audiencia Nacional sentenció este miércoles que la Guardia Civil ofreció una protección "inadecuada" a la víctima, y ordenó al ministerio de Interior, responsable de este cuerpo policial, pagar 20,000 euros a cada uno de sus padres, y 70,000 euros a cada uno de sus dos hijos "por el daño moral".

"La concienciación social e institucional sobre la importancia del problema de la violencia de género exige una mayor sensibilización de la que mostró en este caso el puesto de la Guardia Civil" responsable del caso, añadió el tribunal en su decisión.

Los sucesivos gobiernos españoles han aplicado programas y leyes para combatir la violencia de género desde que en 1997, Ana Orantes, una mujer de 60 años, fue golpeada, lanzada por un balcón y quemada por su ex marido, pese a haber presentado numerosas denuncias previas a las autoridades.

En 2004, el Parlamento español aprobó por unanimidad la primera ley integral europea de lucha contra la violencia de género.

Dicha ley ofrece ayuda legal gratuita a las víctimas de esta lacra, creó tribunales específicos para juzgar casos de violencia doméstica y habilitó a los fiscales a actuar incluso cuando la víctima no denuncie lo hechos.