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caso esmeralda richiez

Tribunal se reserva fallo de audiencia preliminar contra John Kelly Martínez

En la audiencia, que inició a las 12:00 del mediodía y terminó pasadas las 4:00 de la tarde, se hizo una revisión de los elementos o pruebas aportadas tanto por la defensa como la parte acusadora.

John Kelly Martínez en audiencia preliminar.

John Kelly Martínez en audiencia preliminar.

El Juzgado Penal del Distrito Judicial de La Altagracia reservó para el próximo viernes 24 de noviembre el resultado de la audiencia preliminar en contra del profesor John Kelly Martínez y su sobrino Rubiel Morillo Martínez, acusados de la muerte de la adolescente de 16 años Esmeralda Richiez Martínez.

En la audiencia, que inició a las 12:00 del mediodía y terminó pasadas las 4:00 de la tarde, se hizo una revisión de los elementos o pruebas aportadas tanto por la defensa como la parte acusadora.

El fiscal Silvestre Antonio Rodríguez detalló que el fallo se reservó porque se trata de un expediente bastante amplio, sumado a la hora

Entendió que el proceso se enviará a juicio de fondo con todos los elementos de pruebas necesarios.

Sostuvo que la parte acusada pidió se variará la calificación de los hechos “cosa que entiendo que no sucederá porque hay una base legal con la que la acusación que se presentó”.

Argumentó que el caso se está llevando con mucha delicadeza, por lo que lo consideró firme y sólido y que aunque la parte acusada refutó algunas pruebas como la escopeta propiedad del imputado, la cual a juicio del abogado fue usada dentro del vehículo la noche del suceso como forma de intimidación a las jovencitas, ya que fueron ellas las que reportaron la existencia del artefacto en la entrevista de la cámara Gesell.

En cuanto al otro elemento probatorio refutado, el experto en leyes no quiso dar detalles por tratarse de algo delicado.

En tanto que Andy De León, abogado de la parte acusada, dijo que la investigación tiene bastantes elementos de pruebas, tanto a “cargo como descargo”, y la magistrada debe revisar los elementos de prueba aportados.

”Nosotros hemos aportado elementos de defensa y ahora todo quedó en manos de la magistrada” detalló De León.

En la audiencia también se revisó la medida de coerción de un año preventivo impuesta al educador.

Pruebas aportadas

Silvestre Antonio Rodríguez detalló que en el caso hay alrededor de 30 a 40 elementos probatorios, dentro de los cuales están; los testimoniales, las periciales, pruebas de laboratorio a los fluidos, entre otras.

Enfatizó que el Ministerio Público de Higüey se esmeró y han hecho su mayor esfuerzo para que este caso se ventile como se debe y se haga justicia.

Se recuerda que la audiencia del día 6 de octubre fue pospuesta porque el tribunal debía sacar copias al expediente para entregárselo a los abogados y que en la próxima audiencia la puedan conocer definitivamente.

También porque el tribunal debía notificar a las partes las pruebas, ya que a algunos se les notificó el día antes en tarde por correo electrónico.

John Kelly Martínez, quien lleva 8 meses recluidos en la Cárcel de Anamuya CCR-14 Higüey, donde permanece aislado de los demás internos, es señalado por el Ministerio Público de ser responsable de la muerte de la estudiante Esmeralda Richiez.

El 24 del pasado mes de mayo, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Altagracia ratificó la medida de un año de prisión preventiva como medida de coerción, contra Martínez, misma que fue dictada el 20 de febrero.

El pasado 30 del mes de junio el Juzgado fijó se iniciara el juicio preliminar el pasado 23 de agosto en contra del educador y su sobrino, ambos imputados por la muerte de la adolescente fallecida el pasado 13 de febrero.

La fiscalía de esta demarcación presentó el 12 de junio la acusación y la solicitud de la apertura del juicio al Juzgado de la Instrucción de La Altagracia, contra John Kelly Martínez y su sobrino Rubiel Morillo Martínez, involucrados en el deceso de Richiez por el Ministerio Público.

Martínez fue imputado por el MP por violación a los artículos 265, 266, 295, 303 y 331 del Código Penal Dominicano, los dos últimos modificados por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.