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decreto presidencial 

Abinader dispone extradición de nacional rumano acusado del lavado de capitales y otros delitos

Las actividades delictivas implicaban la obtención de tecnología que permitiera leer y copiar información encriptada en los chips de tarjetas bancarias

El tribunal determinó se cumpla la condena en la cárcel del 15 de Azua.

Cristian Biacu será entregado a las autoridades de Rumanía

El presidente de la República, Luis Abinader, dispuso la extradición del ciudadano rumano Cristian Baicu al Gobierno de Rumanía, mediante el decreto número 510-23.

Rumanía había solicitado la extradición de Biacu, acusado de lavado de capitales y otros delitos, a través de su embajada en el país mediante las notas diplomáticas números 663 y 664 del 8 de abril de 2019.

La petición fue atendida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que consideró que la solicitud de extradición fue regular y válida en cuanto a la forma y al fondo.

Esta fue realizada el propósito de que Biacu cumpla una pena de 4 años de prisión y 2 años de inhabilitación para el ejercicio de ciertos derechos, de acuerdo con la pena complementaria que le faltaba por cumplir de varias condenas emitidas por el Tribunal de Dolj, Rumanía.

A través de un documento de prensa, el organismo informó que la extradición se fundamenta en una sentencia condenatoria emitida por la Corte de Apelación de Craiova el 11 de abril de 2014.

El ciudadano rumano Cristian Baicu fue hallado culpable de formar parte de una organización delictiva internacional que constituyó en 2011, cuyo objetivo era cometer delitos relacionados con sistemas y redes informáticas, así como el lavado de capitales.

La entidad informó que las actividades delictivas implicaban la obtención de tecnología que permitiera leer y copiar información encriptada que estuviera almacenada en los chips de tarjetas bancarias, incluyendo datos de identificación y claves secretas personales.

El presidente Luis Abinader ha dispuesto la entrega en extradición bajo la condición de que Cristian Baicu no sea juzgado por una infracción diferente a la que motiva su extradición, ni se le aplique una pena mayor a la máxima establecida en la República Dominicana.