Aplazan juicio contra imputados en caso Costa Dorada para el jueves 23
El tribunal acogió la petición de la defensa de los imputados de aplazar la audiencia, a fines de prepararse en la defensa
El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazó este martes el juicio contra Rafael Olegario Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito y Judith Franchesca Aguasvivas Báez, acusados de supuesto fraude societario contra las familias Mayol y Serrano.
La magistrada Yissel Soto fijó la audiencia para el próximo jueves 23 de enero, del año que transcurre, a las nueve de la mañana.
El tribunal acogió la petición de la defensa de los imputados de aplazar la audiencia, a fines de prepararse en la defensa.
Mientras que los representantes del Ministerio Público se opusieron a la petición hecha por la defensa, considerando la misma como una “táctica dilatoria” en el proceso.
“Cómo esto es un proceso de carácter civil, exclusivamente civil, entendemos que es tiempo suficiente, por lo que la parte debe de estar lista para asumir esta representación. Utiliza una táctica dilatoria para impedir el justo conocimiento de este juicio de fondo”, alegó un representante de la parte acusatoria.
La magistrada al justificar su decisión, expresó que: “por el hecho de que este caso tuvo justamente un acto de apertura, en un instante naturalmente consagra la Normativa, por lo que este Tribunal acoge la petición, que da la oportunidad a los civilmente demandados, a que puedan preparar sus medios de defensa”.
La audiencia fue iniciada a las 10:00 de la mañana y se prolongó por unos treinta minutos.
El grupo es señalado por ser los autores de falsificación de documentos societarios para arrebatarles sus derechos a la empresa Costa Dorada y con ello apoderarse de unos 6.3 millones de metros cuadrados ubicados en terrenos costeros en Bahía de Calderas, Baní.
Revocado en 2024
La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional había revocado en abril de 2024 la decisión que excluía como querellantes a los propietarios de las acciones de la compañía Costa Dorada.
La resolución estableció, en ese entonces, que los imputados Helena Regalado, Soto Garabito y Aguasvivas Báez debían defenderse de la acusación presentada por las empresas querellantes, la cual había sido asumida por el Ministerio Público, incluida la calificación jurídica contenida en ese escrito y la oferta probatoria que contiene.
Juan Tomás Vargas De Camps, quien encabeza el equipo legal que representa a las empresas querellantes, declaró en ese momento al término de la audiencia de lectura de sentencia que “hoy es un día de júbilo para el derecho de propiedad, la tutela judicial efectiva, el debido proceso, para la justicia dominicana, para la inversión privada y todo lo que eso conlleva para el desarrollo del país”.
En tanto, Manuel Sierra Pérez, también representante de las familias querellantes, destacó la importancia de que revocara la decisión del juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción, que había dado un No Ha Lugar a la persona acusada de materializar el fraude con el depósito de cientos de documentos ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, utilizando nombres de personas muertas.
Los juristas coincidieron en que la decisión revocada era funesta, porque el juez negaba el derecho de un accionista desposeído de sus acciones a reclamarlas en justicia, alegando erróneamente que quien tenía derecho a comparecer como querellante era la compañía misma en relación a la cual se han adueñado ilícitamente de sus acciones y no los dueños de las acciones.