Argumentos de Contrataciones Públicas para suspender licitación de pasaportes electrónicos
Refiere que la suspensión es una medida provisional, hasta tanto se termine de profundizar en el análisis del referido proceso de excepción de seguridad nacional.
La Dirección General de Contrataciones Públicas informó este lunes la suspensión, de oficio, el procedimiento para la contratación para diseño, suministro y emisión de los pasaportes electrónicos, que asciende a 6 mil millones de pesos.
La entidad adoptó la decisión por hallazgos que vulnerarían los principios de igualdad, participación y libre competencia, luego de realizar un monitoreo preventivo.
Refiere que la suspensión es una medida provisional, hasta tanto se termine de profundizar en el análisis del referido proceso de excepción de seguridad nacional.
La medida está contenida en el acto administrativo 036-2024, donde indica que se comprobó la vulnerabilidad de los principios establecidos en el artículo 3 de la ley núm. 340-06 y sus modificaciones, especialmente el de igualdad y libre competencia y el de participación.
Considera que la misma busca que en los procedimientos de contratación administrativa se respetare la igualdad de participación de todos los posibles oferentes, así como procurar la participación del mayor número posible de personas físicas o jurídicas que tengan la competencia requerida y salvaguardar el interés general y procurar una mayor participación de oferentes interesados.
Asimismo, dispuso que para fines de cumplimiento de la presente decisión, el área a cargo del monitoreo preventivo de esta Dirección General ejecutará la suspensión del procedimiento de referencia a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas que administra el Órgano Rector, de forma inmediata a la emisión del presente acto administrativo.
Informó que el acto administrativo de trámites de naturaleza preparatoria que contribuye a una decisión eventualmente definitiva, por lo que no es impugnable por no producir efectos jurídicos en sí mismo, sino que genera un efecto cautelar. Igualmente, ordenó la remisión formal del presente acto a la Dirección General de Pasaportes para su conocimiento y los fines de lugar y que sea publicado en los portales www.portaltransaccional.gob.do y www.dgcp.gob.do.Aduce que en el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, el Órgano Rector debe verificar que las entidades sujetas al marco de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones cumplan con las disposiciones contenidas en dicha norma.