Análisis
Las señales de un Estado que no respeta las leyes
Un país que se precia de tener una economía abierta a la inversión extranjera directa, que es fundamental para crear empleos, captar nuevas tecnologías y disponer de divisas, no puede tener un Estado tramposo y que irrespeta el ordenamiento jurídico para despojar a empresas o ciudadanos de sus bienes.
Respetar las “reglas del juego establecidas” es esencial para que dominicanos y extranjeros inviertan su dinero en negocios, y nadie, arbitrariamente, los engañe ante sus ojos como a un idiota.
Cuando es el Estado el que se niega a reconocer una sentencia emanada por tribunales competentes, se envía una pésima señal que indica que en el país no se respetan las leyes.
Ese irrespeto estatal por las leyes explica el desorden institucional y la falta de autoridad para hacer cumplir las primeras y parar en seco el segundo.
¿En qué país con gobierno democrático y respetuoso de las leyes, una trulla de policías acorrala a una dama porque el auto en que viaja no tiene placa, ella se identifica como fiscal y exige respeto, pero lo que consigue es que la dominen por la fuerza y la amarren con grilletes en un destacamento? Me dirán que la fiscal de La Romana, Carol Morla Rodríguez, violaba la Ley de Tránsito al usar en la vía pública un vehículo sin placa. Es cierto. Pero, ¿alguien se ha preguntado si la trulla de policías que la corrió iba en una camioneta con placa?
Contrario a lo que sucedía en la Era de Trujillo y hasta los años noventa, la mayoría de los vehículos que utiliza la Policía Nacional, el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, carecen de placa y exhiben en su lugar una ficha que no tiene ningún valor legal, sino referencial.
¿Con qué autoridad moral y legal una trulla que va en una camioneta rotulada de la Policía Nacional, pero sin placa, detiene a un ciudadano –fiscal o no- para reclamarle y encarcelarlo arbitrariamente, porque transita sin placa?
Disponer de placa es un requisito legal imprescindible, porque es la ley la que establece que para circular hay que estar provisto de una placa.
Y otra vez: ¿Con qué autoridad moral y legal, un agente de tránsito detiene un vehículo porque circula sin placa, si en el que él se desplaza carece de ella?
No estoy culpando a los jefes militares ni policiales –y mucho menos a oficiales, suboficiales, clases y rasos- de esta ilegalidad.
Es el gobierno el que tiene que poner orden comenzando por casa, dotando a sus vehículos de placas oficiales, como las tienen el Presidente, la Vicepresidente, los jueces, los ministros y los mismos jefes militares y de la Policía Nacional.
La DGII no quiere pagar
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) es una de las agencias recaudadoras más exigentes del Estado, pues en su trato con las empresas y los ciudadanos, es implacable.
Si una empresa o persona física tiene que liquidar un impuesto y no lo hace, cae en mora, tendrá que pagar multas e intereses, e incluso, bloqueo de pagos de sueldos, cheques y transferencias.
Pero sus estándares son inversamente proporcionales cuando es el Estado el que tiene que pagar deudas.
Un comerciante o un suplidor de servicios vende al Estado, este no le paga en años, pero DGII exige y presiona el pago de anticipos, Itbis, Impuesto sobre la Renta, como si el cliente pícaro (el gobierno) hubiese pagado.
Peor aun, los tribunales condenan a la DGII para que desbloquee bienes del abogado Ramón Emilio Concepción, quien demostró que no tenía que pagar impuestos por la transferencia de inmuebles adquiridos como pago de honorarios profesionales con base en un contrato de poder de cuota litis. Como se negó, el jurista consiguió una sentencia que impuso una astriente que ya ha acumulado una suma superior a los 500 millones de pesos, que el Tribunal Constitucional ha dicho que los tiene que pagar.
En esa práctica de doble moral, propia no solo de la presente administración, de ser intransigente con el cobro de impuestos e indiferente con sus obligaciones por sentencias emitidas, DGII ha hecho ahora algo muy cuestionable.
Quiere que luego de que la sentencia que no le favorece adquirió la categoría de la cosa irrevocablemente juzgada, por sentencia del Tribunal Constitucional, la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, revise –fuera de plazo e invalidado el recurso porque antes la había apelado- que esa corte “interprete la sentencia”.
La próxima semana hay audiencia en el Juzgado de Primera Instancia a pedido de la DGII para que interprete su anterior sentencia, pero con la grave dificultad de que el expediente ya está concluido judicialmente por decisión del Tribunal Constitucional, lo que no es susceptible de recurso legal válido.
Hasta anoche, las sentencias del Tribunal Constitucional eran de obligatorio cumplimiento para todos los poderes, pero la DGII patalea amarrada, para seguir desacatando el ordenamiento jurídico.
He visto dos intervenciones públicas que deberían persuadir a la DGII a respetar el ordenamiento jurídico: el presidente Luis Abinader dijo que la sentencia del Tribunal Constitucional que invalidó la resolución del Ministerio de Trabajo sobre el trabajo doméstico sería cumplida, y otra del consultor jurídico de la Presidencia, Antoliano Peralta, a quien en Hoy Mismo le preguntaron en concreto sobre la sentencia que favorece a Concepción, y dijo: “Las sentencias del Tribunal Constitucional, son para cumplirlas”.
Si el presidente Abinader y su consultor jurídico afirman públicamente que las sentencias del Tribunal Constitucional son para cumplirlas, ¿por qué la DGII no respeta a esa alta corte, al Presidente y a su consultor jurídico?
Tierras del aeropuerto
Otro caso ilustra el doble rasero que mantiene el actual gobierno con el respeto a la ley: las tierras del aeropuerto de Las Américas.
La familia Caballero Castillo (Víctor y Milagros), dueños legítimos de la parcela 506 A, con una extensión de 607 metros cuadrados, declarada de utilidad pública para la construcción del aeropuerto en 1955, no ha podido cobrar el valor de sus terrenos porque no aceptan pagar soborno a buscones de anteriores y del presente gobierno, para la ejecución de las sentencias que ordena el pago.
Mediante la sentencia número 099, del 26 de febrero de 2007, el Tribunal de Tierras del Distrito Nacional, ordenó pagar por el inmueble la suma de RD$3, 645,420, cuyo fallo fue confirmado luego por la Tercera Sala de la Suprema Corte.
Aunque los medios de comunicación se hicieron eco de su reclamo, el gobierno no da respuesta y se limpia el sudor del trapecio con la sentencia que subsanaría un despojo de una propiedad privada que aloja al principal aeropuerto del país.
Los hermanos Caballero Castillo han acudido al Defensor del Pueblo en al menos tres ocasiones, sus reclamos son escuchados, pero ni el mismo Pablo Ulloa puede decir por qué los derechos de esta familia, en su segunda generación, siguen siendo vapuleados por el Estado.
Ya se sabe que el Ministerio de Educación de Ángel Hernández no quiere pagar las prestaciones laborales –hace un año- de sus cancelados, y el Defensor del Pueblo no se entera de oficio y cumple su rol, aunque no pueda impedir el terrible daño político que está provocando a la imagen de Abinader.
No tengo que decir nada más, por ahora. Al gobierno le sobra autoridad para hacer cumplir la ley y respetar derechos sentenciados legalmente.
La eutanasia aquí no es legal, pero el suicidio político es posible y probable.
Vivir con dignidad y caer con honor es mi único egoísmo.