Finjus llama a reconsiderar proyecto extinción dominio

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró que el proyecto de ley de extinción de dominio aprobado por el Senado y debe ser reconsiderado porque contiene disposiciones que desbordan el margen de actuación de la figura.

Para Finjus, la aprobación de esa norma no debe estar guiada por urgencias externas, sino que deberá velarse porque plasme la extinción de dominio como una consecuencia jurídico-patrimonial autónoma.

Estima que esto se desarrolla mediante el ejercicio de acción de forma independiente de quien sea su titular, dando lugar a un proceso jurisdiccional que mantenga oportunidades de contradicción y que culmine con una sentencia de índole declarativa de la titularidad, apegada a la institucionalidad y al orden constitucional.

Agrega que el amplio catálogo de hechos ilícitos susceptibles de extinción de dominio que se detallan en el artículo 6 del proyecto de ley, “parecería entrar en conflicto con el carácter autónomo e independiente de la figura de extinción de dominio, pues encausa la acción desde una valoración sustancial del ilícito y no respecto a la consideración propia del bien”.

Expone que el proyecto no desliga apropiadamente el procedimiento de extinción de dominio de la acreditación de la conducta delictiva penal de la persona que se reputa como propietaria del bien.

“Debe tratarse de un procedimiento sobre derechos reales o bienes incorporados al patrimonio de una persona. Sin embargo, el proyecto parece acercar el proceso a la determinación de la eventual participación o responsabilidad en la comisión de ilícitos, sea para obtener el bien o para utilizarlo en actividades delictivas”, indica Finjus.