Enfoque
El país debe cerrar filas con su presidente
Un país debe cerrar filas con su Presidente cuando este vale la pena y sacarlo del montón en un intento de escarnio contrario a la realidad de esta nación; Luís Abinader, incluido entre algunos mandatarios cuyo nombre aparecen en Papers Pandora, merece el apoyo de todos, amigos y adversarios.
El patrimonio – personal y familiar - de Abinader es anterior a su investidura y al asumir el cargo, lo declaró, incluidas las sociedades en el extranjero, peyorativamente llamadas off shore; proviene de venta de activos familiares no de operaciones con el Gobierno.
Las sociedades off shore no son una plaga del tercer mundo en donde por la inseguridad jurídica, a veces son imprescindibles, sino del primer mundo que, al tiempo que las persigue, las acuna con cariño como es el caso europeo con Luxemburgo, Zúrich o Andorra: Estiman en 46 mil millones la evasión fiscal por este concepto; Estados Unidos no es una excepción, Delaware – aunque no único – es buen ejemplo.
La tenencia de inversiones en estas sociedades, en esas naciones, no guarda relación con la inseguridad jurídica de las mismas, sino con la evasión fiscal, delito que han convertido – forzando el concepto - en hermano siamés del lavado de activos.
Tres presidentes latinoamericanos han sido mencionados, Pinerúa de Chile quien colocó una parte de la venta de una mina de su familia… que ahora se dice que eventualmente tuvo conflicto de intereses para asegurar el último pago, Lasso, de Ecuador, quien ha declarado que siendo de profesión banquero, legalmente no podía invertir en su país y por ese motivo se hizo parte de una sociedad extranjera y, Luís Abinader de quien la misma publicación indica que había declarado sus bienes en el exterior conforme a la ley nacional, en consecuencia, no tenía nada que esconder.
El sistema de paraísos fiscales, ciertamente se presta a todo tipo de capitales – de drogas, terrorismo, etc., - y, en ese sentido debe ser controlado, sobre todo a través del sistema bancario: Eso en los últimos años se ha logrado mucho.
Ahora la mirada de los países ricos es la evasión fiscal, entienden los comunicadores que la renta de la inversión de un nacional en el extranjero, debe tributar en el país, algo que las legislaciones nacionales vienen recogiendo – como un tributo extraterritorial - pero que aún no es norma universal y, desde luego, que antes no fue así.
Desde luego que el escándalo lo produce el simple hecho de la publicación, de que por ejemplo, Tony Blair ex primer Ministro inglés haya sido parte de una sociedad para evitar pagar impuestos en la compra de un apartamento… escandaliza, aunque acá no sepamos porque. Trump diría que es, listo, pues tratar de evitar pagar impuestos por medios legales, en su librito, no está mal.
En la primera ronda de publicaciones, se conoció, cuando los Papeles de Panamá, que el Rey Juan Carlos I, todavía la figura cimera de España había recibido dinero que donó a una amiga por la suma de $ 64.8 millones, que no salieron del Tesoro español, empero que, por no haberla declarado a Hacienda… cometió una falta y por ella ha sufrido escarnio público y exilio voluntario por el bien de la corona.
En el país, sin tránsito, vivimos un fundamentalismo ético que como la inquisición o el fundamentalismo islámico, nada bueno producen porque o somos hipócritas – farisaicos – o dejamos nuestras manos caídas cuando se nos invite a lanzar la primera piedra pues: Toda persona adinerada del país tiene inversiones en el extranjero – bien habidas -, unos por seguridad y otros por miedo a las devaluaciones, que no ha declarado.
No puede ser de otra manera pues la sociedad dominicana y su economía no han tenido un punto de partida fiscal que permita el registro de los patrimonios: El único intento imperfecto fue la Ley 46-20. La misma Norma era defectuosa y excluía casuísticas importantes y lo peor, hubo de implementarse en ocasión de la pandemia lo que redujo sus posibilidades de éxito.
El país que se aboca a una Reforma Fiscal debe considerar en ella una normativa para el retorno de capitales, con las debidas garantías, de la misma forma en que debe extender y ampliar la Ley 46-20 – extinta - a los fines de que en un tiempo prudente las condiciones permitan que, los capitales de nacionales, incluidos los que hacen parte de sociedades extranjeras, estén registrados.
Aca operan otras sociedades off shore que, al margen de la normativa de sociedades comerciales contenidas en la Ley 78-09, diariamente captan dinero en operaciones comerciales, cientos de millones de dólares que no reportan al fisco, como sucede con la venta de Tiempo Compartido, entre otras operaciones y, desde luego que esas, deben ser igualmente sometidas al cumplimiento de la Ley, pero en ellas tiene responsabilidad la justicia que les permite actuar sin Registro Mercantil y sin RNC. Panamá ha implementado controles.. pero qué hay de Islas Vírgenes Británicas y otros territorios que – por USD 200.00 - simplemente expiden licencias de corso para piratear en el mundo de los negocios?
La casuística es grande y requiere de remedios, pero en el caso que nos ocupa, en el de la publicación Papers Pandora, el Presidente Abinader sale bien por cuanto cumplió la Ley local al declarar sus inversiones en el extranjero, es el único que lo hizo.
Utilicemos el escándalo en que inmerecidamente nos colocan para corregir y mejorar nuestra legislación fiscal en ocasión de la Reforma Fiscal.