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TC regaña a colegio y al ministerio público por acción contra un niño

El TC consideró que el requerimiento del ministerio público es contrario a los derechos del niño.

El TC consideró que el requerimiento del ministerio público es contrario a los derechos del niño.

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Wanda MéndezSanto Domingo, RD

El Tribunal Constitucional ordenó al ministerio públi­co y a un colegio permitir la matriculación de un niño al que le fue negada la inscrip­ción en el período escolar 2019-2020, porque sus pa­dres eran investigados por proxenetismo y lavado de activos.

En abril del 2019, los pa­dres del menor interpusie­ron una acción de amparo luego de que el colegio Ca­rol Morgan se negó a reci­bir el pago correspondiente, debido a una advertencia del ministerio público, a tra­vés de la Procuraduría Es­pecializada Antilavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, de que se abs­tuvieran de recibir las men­sualidades, como sujeto obligado bajo la ley 155-17, hasta que presentaran do­cumentación para justificar sus fuentes de ingresos.

El TC acogió una acción de amparo sometida por los padres, disponiendo la reinscripción si los padres del estudiante lo conside­ran conveniente y pruden­te, previo cumplir con las formalidades ordinarias y el pago correspondiente que haya establecido el centro educativo.

Argumento “El derecho a la educación del niño JCCE está siendo afectado única y exclusiva­mente por una condición referente a sus padres, lo que objetivamente supone una discriminación”, esta­bleció el TC en el fallo.