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Los sueldos de funcionarios que violan la ley

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Gabriel CoplinSanto Domingo, RD

A pesar de que hace siete años se elaboró la ley de salarios 105- 13, en la actualidad no se ha elaborado reglamentos de aplicación para llevar a cabo la regulación salarial del gobierno Dominicano, debido a que hay empleados públicos que tienen sueldos por debajo de la canasta básica y otros con pagas por encima a los más altos titulares de los poderes del Estado.

Un estudio realizado por Participación Ciudadana basada en datos de 2019 y obtenidos a través del Ministerio de Administración Pública (MAP), determinó que 81 funcionarios violan este reglamento, en su artículo 5, numeral 6, ya que, reciben ingresos superiores, que ascienden de RD$400,000 a RD$600,000.

Esto resulta ser una carga significativa para el país, debido a que el presupuesto destinado para 2019 con las remuneraciones del gobierno central ascendieron a RD$186 mil 407 millones 299 mil 329, equivalente al 29% de los RD$643 mil 906 millones 763 mil 177, presupuestados como gasto corriente.

La ley 105-13 que fue promulgada el 8 de agosto de 2013 establece que el sistema remunerativo debe fundamentarse en 7 principios rectores, estos son los principios de equidad, democrático, de conectividad y de consistencia entre las políticas y acciones, principio de equilibrio, principio de jerarquía salarial, y el principio de equidad, complejidad y riesgo de funciones encomendadas.

Un 46% de los registrados a través del Sistema de Administración de Servidores Públicos (SASP) perciben un sueldo promedio de RD$ 20,000.00 inferiores a la canasta básica estimada por el Banco Central de la República Dominicana (BCRD).

La institución bancaria también estimó en el 2019 que el costo de las necesidades básicas familiares es de RD$31,379.83.

Otros 11,000 empleados, el 3%, ganan un promedio de 5,600 pesos, monto muy por debajo del sueldo mínimo que ronda en los RD$10,000 violando la medida dispuesta por el expresidente Danilo Medina.

Medina, en su rendición de cuenta en 2019 decretó que la remuneración mínima del sector público pasaría de 5,117 pesos a 10,000 pesos dominicanos.

¿Cuáles instituciones violan la ley?

Dentro del Estado Dominicano existen varias instituciones con funcionarios titulares que reciben salarios brutos ascendientes a los 400,000 pesos.

En su totalidad, son 81 los empleados de la administración pública que violan la regulación salarial dominicana al sobrepasar la cifra establecida.

El 38.2% labora en el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), el 30.9% corresponde a la Procuraduría General de la República (PGR) y un 13.6% al Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd).

El procurador general de la República, los ministros de Educación y Obras Públicas devengan un sueldo de RD$600,000.

Asimismo, le sigue la presidenta de la Comisión de Defensa de la competencia, varios viceministros y procuradores adjuntos, con ingresos de RD$500,000 y algunos asesores que ganan aproximadamente 510,000 pesos.

El estudio realizado por Participación Ciudadana determinó una media salarial mensual de RD$470,829.23 entre estos 81 servidores públicos; 500,000 pesos es el salario que más se repite.

Mediante la investigación realizada por la referida organización se determinó que no sólo algunas instituciones del Estado violan la ley por los sueldos ascendentes al medio millón, también hay otras que la infringen con la remuneración menor al salario mínimo.

A pesar de que un 46.1 por ciento recibe pagos menores a la canasta básica familiar que rondan entre los RD$10,000 y RD$30,000, existe un 2.81% de empleados registrados con remuneraciones inferiores a los 10,000 pesos, siendo esto una violación a más de 10 mil empleados dominicanos.

De las 10,837 personas que perciben menor remuneración, el 94% tienen más de tres meses de labor en sus cargos, lo que manifiesta que estos deberían tener una condición de contratación fija y devengar una mejor paga.

El 85% mantiene modalidad de contratos diversos, que no son contabilizados dentro del Sistema de Administración de Servidores Públicos (SASP), como colaboradores fijos de la institución para las que laboran.

Un 15% de los trabajadores están fijos en la entidad que los reporta, siendo este grupo el que representa un mayor nivel de transgresión al decreto presidencial destinado a la administración pública dominicana.

EN PUNTOS

Otros resultados

En los distintos ministerios existen diferencias salariales, que violan los principios de equidad, complejidad y riesgo de las funciones realizadas que plantea un salario igualitario para funcionarios y empleados del mismo nivel, rango o características.

El pago promedio de los viceministros es de RD$200,000, este sueldo es común en los ministerios de Agricultura, Juventud, Relaciones Exteriores, Medio Ambiente, de la Mujer y de Trabajo.

Pero en otros hay diferencias abismales como es el caso del Minerd donde el viceministro devenga 500,000 pesos, seguido del viceministro del MOPC con RD$480,000, entre ambos hay una diferencia salarial de RD$280,000.

En tanto, en el Ministerio de Cultura una parte de los viceministros perciben ingresos mensuales de RD$60,080.

Género

En el estudio se pudo determinar que alrededor del 54% de los hombres reciben un estipendio por debajo de la canasta básica del Banco Central para octubre del 2019.

Mientras que el 55,5% de las mujeres perciben ingresos mensuales en rangos medios, mayores a RD$30,000 y menores a RD$200,000.

Para la categoría de salarios superiores a los 200,000 pesos, el género masculino gana mensualmente un monto superior, superando al 16% de la población femenina del mismo rango.

Recomendaciones de Participación Ciudadana

En el documento Participación Ciudadana insta al Estado dominicano a revisar con mayor profundidad todas las irregularidades y violaciones actuales a la Ley de Regulación Salarial, ya que, esto “vulnera el derecho de los trabajadores de tener sueldos dignos y de calidad”, y a iniciar la reestructuración de los salarios en la Administración Pública Dominicana con la elaboración de los reglamentos de aplicación de la Ley 105-13.