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Solicitan a Medio Ambiente revocación definitiva de licencia a la barcaza del río Ozama

POR LAS VIOLACIONES AMBIENTALES QUE SUPONE EL MANTENIMIENTO DE LAS OPERACIONES HABILITADAS POR ESTA LICENCIA

Fotografía de la barcaza eléctrica flotante Estrella del Mar II. Fuente: Centro de Despacho.

Fotografía de la barcaza eléctrica flotante Estrella del Mar II. Fuente: Centro de Despacho.

El Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (Insaproma) ha solicitado este miércoles al Ministerio de Medio Ambiente la revocación definitiva de la licencia a la barcaza eléctrica flotante Estrella del Mar II que opera en el río Ozama.

Insaproma justificó su solicitud a través de un comunicado, asegurando que el mantenimiento de las operaciones de la mencionada barcaza ha ocasionado repetidas violaciones ambientales.

En el escrito presentado los abogados de la referida organización indicaron que la actividad de la Estrella del Mar II contradice “los discursos, actuaciones y normas oficiales dirigidas a la recuperación ambiental de este importante recurso natural del país”.

Asimismo, en el documento afirmó que en marzo de 2017 le fue suspendida la licencia de esta barcaza, además de un requerimiento de reubicación de la planta fuera del Ozama, por su peligro térmico ambiental, debido a que captaba para sus operaciones agua del río y luego la vierte a una temperatura más alta, lo que supone una alteración al recurso hídrico.

Sin embargo, las posteriores renovaciones de la licencia suspendida, incluso en plena pandemia de Covid-19, y la posibilidad de concesión definitiva por la Superintendencia de Electricidad, alertan a los demandantes que estas operaciones entran en contradicción “con los esfuerzos del Estado para su recuperación ambiental”.

Similarmente Insaproma aseveró que la actividad de la Estrella del Mar II viola varias disposiciones de la Ley No. 64-00, por los riesgos potenciales de contaminación que representa, como el trasiego de combustibles, y el deterioro de las aguas que fluyen por el río Ozama.

De igual forma señalaron que el requerimiento de revocación definitiva atiende las normativas estatales para la recuperación ambiental del río Ozama, como la prohibición de descarga de residuos líquidos en el cauce fluvial, las actividades y operaciones de desguace de embarcaciones.