RECHAZA SOLICITUD
TC rechaza acción de inconstitucionalidad pretendía se anule requisitos para ser notario
El Tribunal Constitucional rechazó una acción de inconstitucionalidad que procuraba la nulidad de dos artículos y una disposición transitoria de la Ley 140-15, sobre el Notariado y que instituye el Colegio Dominicano de Notarios, promulgada el 22 de julio del 2015, referente al número de notarios y los requisitos para ejercer esa profesión.
La Corte Constitucional realizó la decisión conforme con la constitución los Artículos 18, 22, Numerales 5, 6 y 7, y la disposición transitoria única de esa legislación.
El Artículo 18 de dicha ley, dispone que el número de notarios en los municipios cuya población no supere los 10,000 habitantes, no podrá exceder de dos, y para el Distrito Nacional y los demás municipios habrá un notario por cada 10,000 habitantes, y uno más por la fracción que se exceda de 5,000.
El Artículo 22 contempla los requisitos para ser notario, exigiendo en el numeral 5 haber ejercido la profesión de abogado, por lo menos, durante 5 años. En el numeral 6 de ese artículo se establece que se requiere aprobar el ciclo de capacitación del curso integral de formación en Derecho Notarial impartido y administrado por la Escuela Nacional de Capacitación Notarial (Ecanot), instituida por esa misma ley, bajo la dirección y control del Colegio Dominicano de Notarios. En tanto, el Numeral 7, exige superar las pruebas específicas de capacidad para el desempeño de la función, previstas por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por el Movimiento por la Dignidad y la Transparencia en el Ejercicio de la Abogacía (Modtea) y los abogados Nelson de Jesús Rosario y Britto, Claudio Marte, Mayury Cruz y compartes, el 6 de enero de 2016.
La decisión del TC fue dada en dispositivo en el comunicado 41/19, publicada el 6 de septiembre en la página de internet de la Corte Constitucional.