FUNERARIA BLANDINO
Figuras políticas apoyan decisión del Tribunal Constitucional que anula disposición Ley de Partidos
Varias figuras de la política dominicana se mostraron a favor de la decisión del Tribunal Constitucional que anula las disposiciones de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos que penalizaban la difusión de mensajes negativos en las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos.
Uno de los que dieron a conocer una opinión afirmativa sobre la medida fue el exvicepresidente de la República, Rafael Alburquerque, quien asistió al velatorio de escritor y catedrático Héctor Juan Bosco Guerrero en la Funeraria Blandino de la avenida Abraham Lincoln.
"Yo creo que es una buena decisión de parte del Tribunal Constitucional, porque garantiza la libertad de expresión, la cual tendrá sus límites, pero para eso está precisamente la Ley de difamación e injuria", expresó el también miembro del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Otro que se mostró a favor fue el coordinador del movimiento Fuerza Boschista y miembro del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Luis de León, quien dijo que con esta medida se garantiza la diversidad de opiniones en torno al tema central del país por los próximos dos años.
“Era algo que la prensa dominicana ni las personas se merecían, fue la decisión correcta, bien por el Tribunal Constitucional”, agregó, por su lado, la exvicepresidenta de la Republica, Milagros Ortiz Bosch.
El pasado viernes el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la disposición de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que penaliza la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales durante la precampaña electoral que empañen la imagen de los candidatos.
El TC dio la decisión en el comunicado 16/19, publicado el jueves en su página web, que incluye solo el dispositivo, sin las motivaciones. En ese comunicado informa que la decisión contiene votos particulares, lo que indica que no fue adoptada por unanimidad.
El Artículo 44 de la Ley 33-18 contempla la propaganda prohibida en el período de precampaña y las sanciones, disponiendo en el numeral 6 que “la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley número 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
Esos artículos de la Ley 53-07 establecen penas de tres meses a un año de prisión y multas de cinco a quinientas veces el salario mínimo.
El Tribunal Constitucional acogió una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta el 12 septiembre de 2018 por Namphi A. Rodríguez, Héctor Herrera Cabral y la Fundación Prensa y Derecho, INC, contra el artículo 44 numeral 6 de la Ley número. 33-18.
Los accionantes alegaron que esa disposición de la Ley de Partidos representa una seria violación al derecho de libertad de expresión consagrado por la Constitución, por lo cual la calificaron como una “Ley mordaza”.