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TC expone que causar daños a tuberías viola el derecho al agua

Pleno de jueces del TC.

Pleno de jueces del TC.

El Tribunal Constitucional estableció que con la destrucción de forma violenta de las tuberías y la acera de un condominio, por parte de una sociedad comercial, se incurrió en actuaciones arbitrarias y abusivas, que vulneran el derecho fundamental al agua potable.

Señaló que las deudas son personales, por lo que consideró reprochable las pretensiones de la entidad comercial Inversiones Pleamar, S. A. , para que los residentes del condominio Mediterráneo I, del complejo Pueblo Bavaro, en la provincia La Altagracia, le pagaran el servicio de agua de forma total, y no individual.

Argumentó que ante la existencia de una deuda por falta de pago de agua potable, “no se podía proceder de forma violenta a destruir las tuberías y la acera de todo el condominio”, sino que lo procedente era “la cancelación del servicio, siempre y cuando el deudor o deudora se negare a pagarlo”. Empero, subrayó que ese no era el caso, sino que la entidad se negó a recibir los pagos de forma individual.

“En el presente caso, estamos ante una situación particular, ya que los accionantes y actuales recurridos no se negaron a pagar, sino que la parte accionada no aceptó el pago personal, sino que perseguía que estos reunieran el dinero y se lo entregaran de manera completa”, precisó el TC en la sentencia 024/19.

El TC rechazó un recurso de revisión presentado por la sociedad comercial.

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