Rechazó recurso amparo

No devolverán tres parcelas caso Quirino

Sentencia. Los jueces del TC declararon inadmisible una acción de amparo de la Factoría de Arroz Comendador.

Sentencia. Los jueces del TC declararon inadmisible una acción de amparo de la Factoría de Arroz Comendador.

El Tribunal Constitucional rechazó un recurso de revisión de amparo interpuesto por la Factoría de Arroz Comendador, que reclamaba la devolución de tres parcelas que fueron decomisadas a favor del Estado en el proceso penal seguido al ex convicto por narcotráfico Quirino Ernesto Paulino Castillo.

El Tribunal Constitucional confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de San Juan de la Maguana el 22 de noviembre de 2017.

Ese fallo declaró inadmisible una acción de amparo presentada por la Factoríade Arroz Comendador, por entender el tribunal que era improcedente.

La empresa pretendía la devolución de las tres parcelas ubicadas en San Juan de la Maguana, alegando vulneración a su derecho de propiedad y a la seguridad jurídica, al considerar que resultó perjudicada con el decomiso de esos inmuebles a favor del Estado dominicano de los bienes incautados a Paulino Castillo.

El decomiso de los inmuebles a favor del Estado fue dispuesto mediante la sentencia número 522-2008, del 22 de diciembre de 2008, emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

La Factoría de Arroz Comendador interpuso una acción de amparo en reclamo de que se le devolvieran la parcela número 13-A, con una extensión de 238,653.52 metros cuadrados; la parcela número 13-D, con una extensión de 34,132.0054 metros cuadrados, y la parcela número 32, con una extensión de 294,489.00 metros cuadrados, ambas pertenecientes al Distrito Catastral número 3, de San Juan de la Maguana.

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