PATRIMONIO

TC dice derecho de propiedades limitado

El Tribunal Constitucional estableció que el derecho de propiedad es limitado cuando se trata de bienes inmuebles que se encuentran situados dentro de los límites designados como patrimonio cultural de la nación. Con esa motivación, el TC confirmó una ordenanza de la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial de Santiago, mediante la cual rechazó una acción de amparo en contra de la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental, que ordenó la suspensión de los trabajos de restauración de un inmueble ubicado en la calle 16 de agosto número 113, por no contar con los permisos para realizar la remodelación. No obstante, el TC precisó que en ese caso, el derecho de propiedad inmobiliaria se preserva íntegro y el titular conserva bajo su imperio los atributos que de él derivan, solo que por el efecto de la aplicación de la Constitución y la ley existen regulaciones que procuran proteger y conservar la expresión arquitectónica de las mejoras edificadas en esos bienes. La acción de amparo fue presentada por Varido Sebastián Salcedo Inoa, el 1 2de noviembre de 2012, por no estar conforme con la resolución y sometió un recurso de revisión al TC.

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