TRIBUNA ABIERTA

Vitelio aclara sobre Comisión de Etica de Lidom

Estimado Héctor:

Me complace saludarte, al tiempo de referirme al contenido de tu columna "Miniaturas del Béisbol" del prestigioso periódico Listín Diario en su edición de fecha 12 de enero de 2022, particularmente en lo que refiere a unas consideraciones que sobre la Comisión de Disciplina de Lidom ha vertido el Señor Tabaré Peña, con quien no me unen vínculos de cercanía, pero por quien tengo un gran respeto y consideración por su trayectoria personal y por su vínculo con mi buen amigo Ysocrates Peña, quien hace un tiempo prestigió con su membrecía nuestra Comisión de Disciplina.

Me siento liberado frente a ti y a todos los que me conocen de probar que no soy dado a la polémica ni a la controversia, pero en este caso, viniendo del Sr. Tabaré Peña, me siento en la obligación de dar una explicación al respecto de los juicios emitidos por él, que entiendo procuran un interés constructivo.

La Comisión de Disciplina de Lidom, instituida en sus estatutos y reglamentada tanto por el reglamento vigente para el torneo, como por el propio reglamento de dicha comisión, que dispone su competencia de atribución, su procedimiento, el régimen de infracciones y sanciones, y sus facultades, se mantiene en toda su vigencia y no está "desaparecida" como se refiere en los comentarios que motivan esta aclaración, sino que por el contrario, tal y como mandan los propios estatutos, fue reestructurada en nuestra más reciente Asamblea Extraordinaria de Asociados del mes de julio del año 2021.

Conjuntamente con las funciones y atribuciones de la Comisión de Disciplina, el Título X, artículo 53, del Reglamento del Torneo, sin detrimento de lo que en el mismo sentido disponen otros textos estatutarios y reglamentarios, establece que "en caso de reincidencia o del carácter grave de la infracción, la responsabilidad de sancionarla corresponderá al presidente de la Liga...".

Esa es facultad que, en muy contados casos, ha ejercido el presidente de la Liga, tanto en el Torneo 2020-2021 como en el actual Torneo 2021-2022, por una razón muy sencilla: La mayoría de las situaciones de carácter disciplinario que se han presentado han sido, por su naturaleza, de aquellas que se sancionan con la expulsión del partido por parte de los árbitros y que aparejan una multa automática de RD$5,000.00, que no necesita ser controvertida, discutida ni deliberada. Otros casos que por alguna razón no han ameritado expulsión ni la consecuente multa automática han sido objeto de amonestación o de consejos de rectificación, facultad que también le asiste a la presidencia de la Liga.

Los otros contados casos que sí han merecido algún tipo de sanción y que son de pública notoriedad, han sido de naturaleza grave, o por sus propias circunstancias fácticas o por el riesgo de un posible precedente que afecte la disciplina de la Liga, por lo que en los mismos la presidencia de la Liga ha ejercido sus facultades disciplinarias.

En otro orden, es bueno resaltar que la Comisión de Disciplina de Lidom no sólo puede ser apoderada por el presidente de la Liga, por la Junta de Directores o un directivo de la Liga, sino que también puede apoderarse de oficio, lo que constituye, evidentemente, un importante paso de avance hacia la transparencia y la democratización de la Liga, que constituyen, sin lugar a dudas, parte importante del propósito de la actual directiva.

Muy probablemente surja la pregunta de por qué durante los últimos dos torneos ha habido pocos o ningún caso apoderado a la Comisión de Disciplina, interrogante que me atrevería a responder, sin temor a equivocarme, como el resultado, por un lado, del crecimiento institucional de la Liga y, por otro lado, de la madurez en el sentido de responsabilidad de los actores del juego, directivos, dirigentes, técnicos, comunicadores de las cadenas y muy especialmente los jugadores de las seis franquicias que se han mantenido dentro de los más altos niveles de comportamiento y conducta, por lo que, como decía al principio, las faltas no han tenido más consecuencias que una amonestación o una expulsión de juego y la multa automática.

En este último aspecto debo ser justo y reconocer el valioso aporte de la Federación de Peloteros, de los capitanes de los equipos y del presidente de dicha Federación, quien se mantiene siempre pendiente y dispuesto al consejo oportuno y al llamado de atención a los jugadores, con la misma vehemencia y determinación que defiende sus derechos y prerrogativas.

Finalmente, estimado Héctor, desde siempre hemos oído que en la vida las opiniones van a depender del color del cristal con que se miren. Como presidente de Lidom, comprometido desde antes de ocupar esa posición con su crecimiento institucional y con su manejo corporativo, democrático y transparente, siento una gran satisfacción por el grado de madurez de los involucrados en nuestros torneos, que no han hecho necesario el apoderamiento o el auto apoderamiento de nuestra Comisión de Disciplina, como también espero suceda en lo adelante con esos contados casos que por su gravedad han tenido que ser conocidos por la presidencia de la Liga en obediencia a las normas que la regulan y gobiernan.

A ti te agradezco la oportunidad de expresarme y al Sr. Tabaré Peña le agradezco su bien intencionado interés por estos aspectos tan importantes para la Liga y para nuestro béisbol profesional en sentido general.

Muy atentamente, Vitelio Mejía Ortiz.