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Pero ¿cómo es posible?

Seis órdenes de alejamiento pesaban sobre el abogado Víctor Radhamés Almonte, pero eso no le impidió que le perforara la cara a tiros y matara a su exesposa, tras cuyo crimen él se suicidó.

¿Cómo es posible que esto haya sucedido? ¿Cómo es posible que la autoridad, ya en conocimiento de varias denuncias de violencia y amenazas, no actuara a tiempo para protegerle la vida a Belkys Almonte?

Y, ¿cómo es posible que la justicia, que había emitido órdenes de alejamiento contra el abogado, no pudo hacer valer el cumplimiento de la disposición, mediante los mecanismos de control que se supone deben activarse en situaciones como esa?

Iguales circunstancias han caracterizado muchos de los más de noventa feminicidios que han ocurrido este año en el país. Una buena cantidad de los feminicidas fue objeto de estas órdenes de alejamiento y, sin embargo, se burlaron de ellas y finalmente cumplieron el objetivo de asesinar a sus parejas o exparejas.

Otra pregunta: Si el ministerio público lleva un récord de estas órdenes ¿cómo o de qué manera vigila a los sujetos de esas restricciones, o cómo monitorea su cumplimiento para detectar si se aleja o no de la pareja o expareja que lo ha denunciado?

En última instancia, ¿qué mecanismos pudieran emplear la justicia y la Policía para aumentar más la protección de las mujeres, abusadas o amenazadas de violencia y muerte, especialmente cuando existen de por medio varias querellas y órdenes de alejamiento, prueba de que existe un peligro potencial de crimen?

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