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Un proyecto de Nación que todavía no cuaja

Desde el principio, en 1844, la Constitución dominicana pretendió ser el marco ideal y permanente del régimen democrático, la zapata inconmovible sobre la cual se edificaría el proyecto de nación libre e independiente que nacía al calor de la gesta del 27 de febrero de ese año.

Pero esos esfuerzos preliminares han sido malogrados, persistentemente, por las pujas políticas que llevaron a cabo dirigentes cívicos o militares con demasiadas ambiciones de poder para acomodarla a sus planes de eternizarse en el mando, por encima del objetivo fundamental, que es el de sentar las bases para organizar un Estado y una sociedad con derechos y deberes obligatorios para todos.

Desde su Proclamación en San Cristóbal el 6 de noviembre de 1844, la Carta Magna ha sufrido 39 modificaciones que, en un vaivén bipolar ha instituido un modelo equilibrado entre el Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, que ha tenido caídas alternativamente, hasta el punto de cohonestar un sistema en que la concentración de todos los poderes ha quedado en manos del Presidente o dictador de turno.

En la mayoría de los casos, las reformas constitucionales han obedecido más al capricho de los gobernantes que al de las aspiraciones esenciales de una ciudadanía que procura vivir en un modelo de organización social y política, bajo el imperio de las ideas liberales extraídas de constituciones robustas como las de Estados Unidos y Cádiz, en España, y de las doctrinas fundamentales de Francia.

Si bien la nueva Constitución reformada del 2010, pero vuelta a tocar para anular la prohibición de la reelección presidencial cinco años después, establece los marcos conceptuales del Estado Social y Democrático de Derecho, la única manera de lograr que esos principios tengan vida propia y aplicación, por supuesto, es educando al pueblo.

De hecho, existe un mandato que promueve la enseñanza de la Carta Magna para ir “constitucionalizando” la vida dominicana, es decir, para hacer valer el respeto a la dignidad humana, a las libertades públicas, a la alternabilidad del poder, al respeto de la voluntad popular, la separación real de los poderes y la defensa de la soberanía nacional, entre otros altos fines.

De este modo alcanzaremos lo que siempre ha sido la preocupación del presidente del Tribunal Constitucional y custodio de la Carta, don Milton Ray Guevara, es decir, la de prácticar una “Constitución viviente”, más que una “Constitución semántica”, lo cual ha sido una de las causas de nuestras más críticas disyuntivas institucionales.

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