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Sindicatos: No les luce a comerciantes plantear eliminación de la cesantía

Rafael-Pepe-Abreu.

Rafael-Pepe-Abreu.Leonel Matos/LD

El Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS) se pronunció respecto a la propuesta de reformas expuestas por la Federación Dominicana de Comerciantes (FDC), de que “no les luce para nada a los comerciantes ser portavoces de que se suspenda la cesantía laboral”.

Rafael-Pepe-Abreu, presidente del CNUS, dijo que son los comerciantes los que menos cumplen con las leyes laborales y la seguridad social, ya que muchos viven en la informalidad, la mayoría no paga a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS); no cubren los riesgos laborales y para lograr que cumplan con los salarios mínimos, “hay que vivir con una constante presión”.

Este lunes, fue publicada en esta sección la propuesta de la FDC, remitida al presidente Luis Abinader y al ministro de Hacienda, Jochi Vicente, en la cual los comerciantes plantean entre otros temas la eliminación de la cesantía y su sustitución por un seguro de desempleo.

Abreu dijo que es una costumbre, una tradición, de esa federación de comerciantes hacer ese tipo de aseveración, “que no deja de ser llamativo”, porque muchos comerciantes operado con trabajadores formales “viven en la informalidad”.

El dirigente sindical explicó que en un país como este el seguro de desempleo no aplica, porque es un mecanismo característico de países desarrollados como Estados Unidos, Dinamarca, Suecia, Noruega, Filandia, Francia y otros, porque este ayuda a la recolocación de la gente.

En el país, muchos duran más de un año para recolocarse y otros abandonan buscarlo porque no encuentran, además de las limitaciones de edad, y que existe en otros países.

La cesantía laboral es un derecho adquirido por los trabajadores, en respuesta a una penalidad al empleador por el desahucio, que los patronos dicen que es su medio de control, y por lo que Abreu indica que la cesantía es igual es también otro mecanismo de protección para los trabajadores, contemplado en el Código de Trabajo.

De acuerdo con el presidente del CNUS parte de los sometimientos por cesantía y pagos de prestaciones en el Ministerio de Trabajo están basado en las acciones de muchos “ilustres”, y por tanto, son los que menos autoridad tienen frente a ese tipo de planteamiento, porque no cumplen.

Sostuvo que el Código Laboral dominicano ha obligado a pagar mediante procedimientos judiciales, a cumplir y a pagar las prestaciones a sectores que no acatan las leyes. Muchos negocios tampoco aceptan control fiscal en las empresas que operan, para que entreguen al fisco el Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), que han retenido y por ley tienen que devolver al fisco.

Derecho Eventual

Abreu explicó que si no hay desahucio no hay cesantía. Recuerda que si un trabajador renuncia a su empleo pierde el derecho a cesantía o si lo despiden por una de las 17 causas establecidas en el código Laboral.

Sostuvo que la cesantía es un derecho eventual.

Indicó que el dinero de la cesantía debe estar acumulado en un fondo por las empresas, pero sucede que una gran parte no lo tiene disponible porque lo usan para reinversiones y de las ganancias (utilidades) es que sacan el dinero cuando se le presenta una situación y eso ha generado atrasos de cumplimiento y demandas legales para que paguen esas prestaciones a los diez días.

Pero resulta, dijo, que el Código de Trabajo tiene un “astreinte”, que por cada día vencido después de los 10 de ley tienen que pagar un día adicional y “también quieren tumbar eso”, con la finalidad de volver al Código de Trujillo donde se daban negociaciones en las que el trabajador terminaba cobrando la mitad de lo que le correspondía.

La figura del astreinte es una condena provisional y accesoria que pueden imponer los tribunales frente al cumplimiento de una obligación y que aumenta con la demora en el cumplimiento.