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Trabajadores suspendidos desconocen si cobrarán regalía

Tampoco saben si la parte del salario que reciben mediante FASE (RD$2,500.00), el Gobierno la pagará doble en diciembre o si los empresarios asumirán pagar su doble sueldo.

El Ministerio de Trabajo se mantiene sin respuesta sobre el tema salarial. ARCHIVO

El Ministerio de Trabajo se mantiene sin respuesta sobre el tema salarial. ARCHIVO

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Patria Reyes RodríguezSanto Domingo, RD

A pesar de que la econo­mía se recupera poco a po­co, los trabajadores que fruto de la pandemia se han mantenido con sus contratos suspendidos, re­cibiendo la ayuda del Go­bierno mediante el Fondo de Asistencia Solidaria pa­ra Empleados (FASE), no saben si recibirán su rega­lía pascual o sueldo de na­vidad completo.

Tampoco saben si la parte del salario que re­ciben mediante FASE (RD$2,500.00), el Gobier­no la pagará doble en di­ciembre o si los empresarios asumirán el pago completo de su doble sueldo.

Mientras, el Ministe­rio de Trabajo se mantiene sin respuesta a este tema in­dicando que buscan solu­ción en el Consejo Consul­tivo de Trabajo, el tesorero nacional, Catalino Correa Hiciano, manifestó que el Gobierno seguirá pagan­do la ayuda que hasta aho­ra ha otorgado a través de los programa FASE, Pa’Ti y Quédate en Casa hasta di­ciembre y que sobre esto no hay ninguna variación has­ta el momento.

Recordó que la ayuda que el Gobierno está dando a los empleados privados no tiene nada que ver con el tema del salario 13, el cual indicó que su pago corres­ponde a la duodécima par­te de los salarios percibidos durante el año por los tra­bajadores y que se aplicará lo establecido en el Código Laboral al respecto.

La apuesta tanto del sector empresarial como del sindi­cal es a que el Gobierno asu­ma una parte de lo que im­plicará el pago completo de la regalía pascual de los casi 300,000 empleados privados suspendidos en estos meses en que la pandemia del Co­vid-19 ha causado crisis en los sectores productivos.

Empresarios El sector empresarial, en oc­tubre, había manifestado es­tar dispuesto a cumplir con lo que establece el Código de Trabajo, indicando que en su artículo 219 de manera ex­presa que el empleador está obligado a pagar al trabaja­dor en diciembre, el salario de Navidad, consistente en la duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calenda­rio, sin perjuicio de los usos y prácticas de la empresa, lo pactado en el convenio colec­tivo o el derecho del emplea­dor de otorgar por concepto de éste una suma mayor.

Sindicatos El sector sindical ha mostra­do confianza en que el nue­vo ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, a través del Consejo Consultivo de Trabajo, encuentre alter­nativas equilibradas a la si­tuación laboral porque tan­to el empresariado como las centrales sindicales están de acuerdo en que es vital resolver el problema de los trabajadores suspendidos y lo del salario 13.

SEPA MÁS Esperan pago complete Preocupación Hay casi 300,000 empleados privados suspendidos en estos meses en que la pan­demia del Covid-19 ha causado crisis en los sectores produc­tivos.

Laboral La duodécima parte del salario ordinario devengado por el tra­bajador en el año ca­lendario, sin perjui­cio de la empresa.