Consejo Nacional de provisiones apoya la amnistía

El presidente del Consejo Nacional del Comercio en Provisiones (CNCP), To­más Marcano, manifestó que la norma de amnistía fiscal 05-2020 constituye una decisión certera del Gobierno, ya que benefi­ciará a los comerciantes, micro, pequeños y media­nos empresarios siendo esto un alivio en momen­tos en que el país enfren­ta la crisis generada por el coronavirus.

Marcano sostuvo que la norma de amnistía fis­cal acoge todo el sec­tor comercio y servirá de ayuda para la economía nacional.

El presidente del CN­CP realizó una visita al director de Impuestos In­ternos, Luis Valdez, con quien trató los beneficios que traerá la norma a los comerciantes.

Marcano explicó que las disposiciones de la norma 05-2020 se aplica­rán en conformidad con la aplicación de la Ley 46-20 sobre Transparencia y Revalorización Patrimo­nial.

“Esa amnistía dice que serán condonados los recargos de intereses y mora y de capital se le va a tumbar un 30 % y lo que se pagará es el 70 % del capital”, indicó Mar­cano.

Dos tipos de amnistía “Los que están en reconsi­deración que se acojan a la amnistía tendrán que ha­cer un único pago del 70 % del capital para poder sal­dar la deuda y los que se acojan a la de considera­ción de inventario y de pa­sivos se hace en acuerdos de pagos”, manifestó.

El director de Impuestos Internos consideró que nunca se había plantea­do una amnistía fiscal tan amplia y con tantas facili­dades.

Además, en la visita de cortesía que realizó la di­rectiva del Consejo Nacio­nal del Comercio en Provi­siones a la DGII se acordó realizar charlas para favo­recer a los comerciantes.

En el encuentro estuvie­ron presentes, además del presidente del CNCP, To­más Marcano y el direc­tor de la DGII, Luis Valdez; Jorge Jerez, secretario del Consejo del CNCP; el vi­ceministro de Fomento a las Mipymes, Jorge Mora­les; Alberto Leureux, Ma­rino Calderón y Radhamés García.

Recientemente, la DGII in­formó que las deudas atra­sadas con anterioridad al Presupuesto Complemen­tario del 2020, podrán ser saldadas con un pago úni­co e inmediato de un 70%, sin recargos por mora e in­terés.

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