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jurisprudencia constitucional

Pensión para un viudo

Los reclamos de pensiones por sobrevivencia son presentados por lo general por las viudas. Pero, en esta ocasión, ese derecho ha sido reconocido a un viudo de una empleada pública. El Tribunal Constitucional ordenó al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado el traspaso de una pensión de sobrevivencia, de forma vitalicia, al señor Santiago Rivera, por un monto equivalente a 8 salarios mínimos del sector privado. Esto en su condición de viudo de la señora Niobe Acosta, quien trabajó en la administración pública desde el año 1966 hasta el 2015, cuando falleció. El TC señaló que “al no habérsele otorgado la pensión de sobrevivencia al amparista hasta el día de hoy, las partes accionadas incurren continuamente en una violación al derecho fundamental del recurrido a la seguridad social (art. 60 constitucional).” (sentencia TC-0601-23).