Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

EN LA RUTA

No acuerdo, no sentencia

La vida tiene reglas y una de las más fundamentales es que entre lo ideal y lo real, al final queda lo posible, que para la ocasión es lo más conveniente.

Un axioma que llega al tema en virtud a la autorización que el Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional otorgara al Ministerio Público para que acogiéndose al criterio de oportunidad que establece nuestro Código Procesal Penal (CPP), negocie con la multinacional Odebrecht ante el admitido caso de realizar sobornos para obtener contratas en nuestro país.

El acuerdo, que exime responsabilidad penal a la empresa, pero no así a los involucrados en las coimas y su entramado, permitirá obtener nombres, informaciones, datos y documentos sensitivos para poder no solo instrumentar adecuadamente un expediente acusatorio que permita castigar a los responsables de la aberrante práctica al tiempo de resarcir económicamente al Estado conforme a lo establecido por la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión.

La corrupción es una práctica ilegal y quienes la ejercen lo saben. Por tanto, el corrupto siempre trata de borrar evidencias o cualquier rastro que pueda implicarlo. Y si a esto se le agrega cuando los señalados son personas económicamente sólidas y con ramificaciones sociales, el asunto se complica. Siempre se ha dicho (con razón) que entre bomberos no se pisan las mangueras y que la complicidad es el principal caldo de cultivo de la impunidad. Así las cosas, la historia muestra cómo en República Dominicana un caso grande, con gente grande y con capacidad de pagar buenos abogados no tanto para que los defiendan sino para que incidenten, alarguen y eternicen el proceso, es lo más parecido a que no pase nada. Es por eso es que los países que incorporan este tipo de acuerdo y que en el nuestro es avalado por el artículo 360-6 del CPP, lo hacen conscientes de lo lento, difícil y traumático que significa conseguir una glosa probatoria cuando de este tipo de casos se trata, ya que si las autoridades no negocian con los imputados, entonces el “acuerdo” lo siguen haciendo entre ellos mismos.

La Procuraduría General hizo lo correcto porque mediante a la delación premiada obtendrá los presupuestos necesarios para los sometimientos y el aval para que en un juicio penal abreviado se logre una condena en poco tiempo, que es lo que la sociedad espera y aspira.

Tags relacionados