ENCUENTRO VERDE

Este viernes será la audiencia por permiso para hotel en el Parque Cotubanamá

Leaf Bayahíbe. El grupo Globalia tiene en carpeta la construcción de un hotel de 96 habitaciones en el Área de Recreo Guaraguao-Punta Catuano, provincia La Altagracia.

Leaf Bayahíbe. El grupo Globalia tiene en carpeta la construcción de un hotel de 96 habitaciones en el Área de Recreo Guaraguao-Punta Catuano, provincia La Altagracia.

El Tribunal Superior Administrativo (TSA) conocerá este viernes una medida cautelar que procura la suspensión judicial del permiso ambiental otorgado por el Ministerio de Medio Ambiente a la empresa Globalia, propiedad de Juan José –Pepe- Hidalgo, para la construcción de un hotel dentro del Área de Recreo Guaraguao-Punta Catuano, en el Parque Nacional Cotubanamá (Parque del Este).

La medida fue sometida por la Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas de República Dominicana, luego de que una orden presidencial emitida el pasado 28 de enero suspendiera el desmonte para el levantamiento del proyecto Leaf Bayahíbe en la parcela 24-A del área protegida. Euren Cuevas Medina, director del Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (Insaproma), una de las instituciones que conforman la coalición, explicó que al otorgar este permiso el Ministerio de Medio Ambiente cometió delito ambiental y esto hace al titular de la cartera susceptible de prisión. También aseguró, durante su participación en el Encuentro Verde de Listín Diario, que si el presidente Danilo Medina hubiese querido hacer algo de verdad no habría mandado a suspender la construcción del hotel “de boca”, sino que debió cancelar el permiso inmediatamente. La audiencia que verá la demanda en nulidad de la licencia ambiental será a las 9:00 de la mañana en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), ubicado en el edificio de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en el Centro de los Héroes.

LD. ¿Cómo surge todo este tema alrededor del parque Cotubanamá?

EC. Es importante ver lo que se ha hecho a nivel internacional. La primera conferencia que llamó la atención sobre la depredación en el mundo, la contaminación y la pérdida de biodiversidad, se da en 1972 en Estocolmo, Suecia. Ahí se reunieron los líderes mundiales para tomar decisiones y ponerle coto a la situación. Resulta que tres años después, con una visión increíble que tenía el entonces presidente Joaquín Balaguer, se crea el Parque Nacional de Este. Este parque se crea como una forma de proteger los recursos naturales de ese lugar. ¿Cuántos hoteles había en esa época? La presión hídrica, ¿cuánta era? ¿Teníamos un desarrollo turístico en ese tiempo? Todavía no. Se supone que en ese tiempo el parque era menos importante que ahora, menos necesario que ahora. Ahora tiene que ser una tacita de oro que todo el mundo cuide, fundamentalmente los hoteleros que viven de ahí, del agua, de la regulación de la temperatura. ¿Qué pasa? Que con la creación de este parque, en 1975, primero se emitieron dos decretos: el 722, que declara de utilidad pública una serie de parcelas, entre ellas la 24, la 20, la 23 y demás. Esas parcelas, con el decreto 1311 de septiembre, se convierten en el Parque Nacional del Este, en un área protegida. Resulta que al parecer hubo gestiones de algunos propietarios y se sacaron dos parcelas mediante decreto, posteriormente, en el año 1976, sacan la parcela 20 y la 23 y parte de la 18. Nunca sacaron la parcela 24, esta siempre se mantuvo dentro del área protegida. En el año 2000, el señor Juan José Hidalgo decide comprar dentro del área protegida y él sabía, porque don Pepe dice que no sabía, que era área protegida. Y sí sabía porque el director Nacional de Parques de entonces, el señor Omar Ramírez, le remitió dos certificaciones indicándole que la parcela 24 estaba dentro del área protegida, de manera que la compró a sabiendas de que era área protegida. Y la compró a 18 dólares el metro.

LD. ¿Quiénes participaron de la venta?

EC. Se realizó entre la empresa Corsario, que era la dueña de los terrenos, y Globalia, que es propiedad de Pepe Hidalgo. Siendo así las cosas, él compró en área protegida y sabía que las áreas protegidas tienen categorías de manejo y que solo pueden ser tocadas por instrucciones que mande la ley a ese tipo de manejo. En el mismo año 2000, Hipólito Mejía toma posesión como presidente el 16 de agosto y el 18 de agosto promulga la ley 64-00, que ya estaba elaborada. Esa ley estableció que el sistema nacional de área protegida no podía ser alterado ni modificados sus límites, y que eso podía ser posible con la Ley Sectorial 202-04. Sencillamente Hipólito, como presidente, emite un decreto el 30 de agosto del año 2000, unos días después de él haber tomado posesión- vean la magia que tiene Pepe Hidalgo-. El presidente llega el 16 y ya el 30 él tiene un decreto sacando la parcela 24 del área protegida. Pero parece que a Hipólito se le olvidó, y a sus asesores, que estaba la Ley 64-00 que impedía eso, y como hay jerarquía en términos de leyes y constitución, un decreto no puede estar encima de una ley, por lo tanto quedó nulo de pleno derecho. Resulta que en ese año 2000, también lo nombra Hipólito cónsul en España, porque se había nacionalizado. Como no pudo ejecutar el decreto de Hipólito, del 2002 al 2004 comenzó de nuevo a atacar para lograr mediante ley que le sacaran del área protegida, lo que logró de después de un pleito bien arduo con la sociedad civil: que modificaran la categoría de manejo y le sacaran del parque nacional la franja que él había comprado en el año 2000. ¿Qué pasó? Que esa franja hoy se llama área nacional de recreo, pero se le olvidó que eso también era un área protegida. Se están agarrando de un artículo de la Ley Sectorial que establece que en las áreas nacionales de recreo se pueden desarrollar algunos proyectos turísticos pero se le olvidó que más arriba, en ese mismo artículo, se establece que es conforme lo permita la categoría de manejo y el ecosistema. Y resulta que al Parque Nacional del Este, la franja que él compró, que se modificó, no se le cambió la categoría de manejo por un estudio que se hizo previo, sino porque él gestiono eso. De manera que la categoría de manejo del Parque Nacional del Este es la misma del área nacional de recreo, porque lo que le da categoría de manejo son las condiciones naturales el ecosistema.

LD. Pero él es el dueño de los terrenos…

EC. No se discute en esta parte la propiedad que él tiene sobre el terreno, lo que no puede es construir ese hotel que está proponiendo construir, y que le ha dado permiso el Ministerio de Medio Ambiente. El ministerio de Medio Ambiente con este permiso prevaricó, es decir, cometió delito ambiental. ¿Por qué? Porque existe, aparte de la ley 202-04 y la ley 64-00, la Constitución de la República, que en su artículo 16 establece que las unidades de conservación que conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas constituyen bienes patrimoniales de la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Lo que no han entendido es que República Dominicana tiene una constitución y ha hecho compromisos internacionales para proteger los recursos naturales. Entre esos compromisos que ha firmado está el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Convenio Ramsar, y el más importante, porque parece que le tenemos miedo a los gringos, el RD-CAFTA, que en su capítulo 17 tiene un principio de no regresión y un principio de progresividad. En Derecho, el principio de no regresión es que si usted declaró un área protegida, si le dio un plan de manejo a un área protegida, usted no puede volver atrás. Lo que puede es cuidarla más, pero no quitarle protección. Entonces, tenemos compromisos internacionales que debemos cumplir y tenemos mecanismos de regulación y control que de no cumplirse le harían mucho daño a República Dominicana, aparte de que el ministro de Medio Ambiente y todo el que haya estado involucrado en eso se hace susceptible de prisión, porque la ley 64-00 en sus artículos 174 y 175, numeral 2 y numeral 8, específicamente, establecen que eso es un delito, es decir, establecer una licencia o un permiso violentando la ley. El artículo 184 de la Ley 64-00 establece también sanciones por omisión o por hacerse el chivo loco. O sea, no fue usted que cometió el hecho, pero usted vio que estaba pasando y no hizo nada. Y no tiene que ser funcionario de Medio Ambiente, puede ser cualquier funcionario del Estado, o funcionario del ayuntamiento. Cualquier persona que tenga autoridad en el estado y permita que se dañe el medio ambiente comete delito y ese delito puede ser castigado hasta con tres años de prisión y 10 mil salarios mínimos…

LD. ¿Qué tiene que pasar para que eso ocurra, es decir, para que el ministro de Medio Ambiente sea sometido a la justicia?

EC. Que tengamos una Procuraduría independiente. Nosotros lo vamos a someter, independientemente. Si no se puede a través de la coalición, lo hará el Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (Insaproma). Necesitamos estar blindados. Ese sistema jurídico que a nivel internacional se creó a nivel de los convenios internacionales y que luego se crean las leyes nacionales, es fundamental para garantizar la preservación de toda esa biodiversidad. Sin instrumentos jurídicos estamos feos porque lamentablemente no vamos a poder sobrevivir y no estoy diciendo esto para alarmar, sino que es así. Tenemos una Constitución que blindó las áreas protegidas en su artículo 16, que establece que los límites de las áreas protegidas sólo pueden ser reducidos por ley con la aprobación de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las cámaras del Congreso Nacional.

LD. ¿Cómo andamos en derecho ambiental en República Dominicana?

EC. En términos legales, los que estamos demandando la acción estamos bien. Los que están mal son los que cometieron el delito, porque cometieron delito tanto Globalia, la empresa y su propietario, y el ministro Ángel Estévez. En ese sentido, lo primero que hemos sometido ante el Tribunal es una demanda en nulidad del permiso ambiental que a la sazón a esa área no le correspondía un permiso ambiental, sino una licencia ambiental, porque se emiten licencias ambientales cuando se hacen estudios de impacto ambiental, y se emite permiso ambiental cuando se hace declaración de impacto ambiental, y lo que se hizo fue una declaración de impacto ambiental. El reglamento de permisos de licencias establece que en un área protegida no es posible hacer una declaración de impacto ambiental y emitir un permiso, sino que se debe hacer un estudio de impacto ambiental para emitir una licencia, de manera que varió ahí el instrumento que debía usar. Nosotros estamos demandando ante el Tribunal Superior Administrativo la nulidad de ese permiso ambiental por ser eminentemente ilegal. El Presidente suspendió la construcción de boca. Si el Presidente quería hacer algo de verdad, que se le creyera, debió cancelar el permiso inmediatamente. Él tiene autoridad para eso porque el ministro de Medio Ambiente es un empleado de él. ¿Qué más hicimos en el tribunal? Sometimos una medida cautelar, una acción de urgencia para evitar que continúen depredando el parque, causándole un daño considerable y permanente, y suspender los efectos del permiso ambiental. En ese sentido, ya nos dieron los autos autorizándonos a notificar tanto al Ministerio de Medio Ambiente como a Globalia y a la Procuraduría General Administrativa. Y tenemos audiencia de eso este viernes. Nosotros vamos preparados para solicitarle al juez que suspensa el permiso. La coalición va a solicitar que suspenda cualquier tipo de trabajo por sentencia, y que suspenda los efectos del permiso ambiental hasta tanto se conozca el recurso de nulidad de permiso ambiental que nosotros estamos sometiendo y un astreinte por si ellos no cumplen esa sentencia que se emita.

LD. Con tanta experiencia suya de defensoría exitosa a favor de los recursos naturales (la cementera, dunas de Baní, granceras, rockash), ¿qué situaciones se pueden dar mañana?

EC. Puede ocurrir en términos técnicos, jurídicos, que Medio Ambiente y Globalia pidan una comunicación de documentos para ellos tener todos los documentos que nosotros hemos depositado y ellos prepararse para la defensa, pero en términos generales nosotros estamos esperando, con la experiencia que tenemos, que nos van a dar ganancia de causa. Si nos dan ganancia de causa, lo que sigue es esperar que ellos decidan, el Tribunal, anular el permiso. Pero por lo pronto no pueden seguir construyendo y actuando en el parque…

El desmonte para la construcción del hotel inició el pasado 6 de enero, pero fue suspendido por una orden presidencial. Grupo Jaragua

Eladia Gesto, coordinadora de Programas de Conservación de la fundación Propagás; el abogado ambientalista Euren Cuevas; Yvonne Arias, coordinadora del Encuentro Verde; y el biólogo Kelvin Guerrero, durante el Encuentro Verde de Listín Diario. José Alberto Maldonado/LD