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Corte de Ecuador rechaza demandas impulsadas por disuelta Asamblea para regresar a sus funciones

El presidente de la disuelta Asamblea Nacional de Ecuador, Virgilio Saquicela, en la primera fila y segundo a la derecha, rodeado de otros legisladores, habla durante una conferencia de prensa en Quito, Ecuador, el miércoles 17 de mayo de 2023.

El presidente de la disuelta Asamblea Nacional de Ecuador, Virgilio Saquicela, en la primera fila y segundo a la derecha, rodeado de otros legisladores, habla durante una conferencia de prensa en Quito, Ecuador, el miércoles 17 de mayo de 2023.Dolores Ochoa / AP

La Corte Constitucional rechazó el jueves seis demandas impulsadas por la disuelta Asamblea de Ecuador que buscaban revertir el decreto del presidente Guillermo Lasso para volver a sus funciones y continuar el juicio político contra el mandatario. Mientras tanto, la autoridad electoral anticipó que los nuevos comicios podrían celebrarse el 20 de agosto.

En su fallo ese organismo dijo que los tres tribunales de esa Corte decidieron por unanimidad rechazar las demandas de inconstitucionalidad y los pedidos de medidas cautelares con el fin de suspender el decreto impugnado.

Argumentó que la Corte Constitucional no tiene competencia para “pronunciarse respecto de la verificación y motivación de la causal de grave crisis política y conmoción interna invocada por el presidente para disolver la Asamblea Nacional”.

Las demandas de inconstitucionalidad habían sido presentadas por los partidos Social Cristiano, Unidad Popular, Pachakutik, por el expresidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, y otros dos ciudadanos.

Con esa resolución no hay impedimentos para que el Consejo Nacional Electoral llame a elecciones, con una primera fecha tentativa fijada por ese organismo para el 20 de agosto, aunque en las próximas horas podría definir el cronograma tras una reunión de sus integrantes.

Lasso disolvió la Asamblea la víspera cuando ésta tramitaba un juicio político en su contra por presunta malversación de fondos públicos. La decisión se sustentó en un artículo de la constitución que confiere al presidente la potestad de disolver al Legislativo por una sola vez por tres causales: cuando la Asamblea se hubiere arrogado funciones que no le corresponden, por obstrucción al plan nacional de desarrollo o por grave crisis política y conmoción interna.

Tras la disolución de la Asamblea, Lasso puede gobernar hasta por seis meses mediante decretos sobre temas económicos y administrativos, siempre con la aprobación de la Corte Constitucional. Al mismo tiempo, el Consejo Nacional Electoral debe convocar elecciones y quienes resulten electos deberán completar el actual periodo presidencial y legislativo que termina en mayo de 2025.

El abogado y analista electoral Medardo Oleas explicó a The Associated Press que cuando se declare abierto el período comicial la máxima autoridad será el Consejo Nacional Electoral y de acuerdo con la norma constitucional “ninguna autoridad podrá interferir en la realización del proceso”. Agregó que si la Corte Constitucional interfiriera con algún dictamen sus integrantes “podrían ser destituidos”.

Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral, dijo a la red de televisión Teleamazonas que ese organismo tiene hasta el 24 de mayo para convocar elecciones, que se realizarían el 20 de agosto y el 15 octubre, en caso de que fuera necesaria una segunda vuelta. La decisión final de este organismo se adoptaría la noche del jueves.

Saquicela acusó al gobierno de “inoperante, incapaz de resolver los problemas reales de los ecuatorianos” en temas de salud, vialidad y seguridad y agregó: “no quiero justificar si la Asamblea ha sido buena o ha sido mala, lo que defiendo es el marco constitucional y la institucionalidad”.

Lasso, un ex banquero de derecha de 67 años, asumió el poder en mayo de 2021 para un período de cuatro años y desde el inicio de su mandato tuvo que afrontar una fuerte oposición legislativa liderada por una mayoría del partido Unión por la Esperanza, afín al expresidente Rafael Correa (2007-2017).

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