Europa

Laboratorio francés declararado responsable de falta de control sobre medicamento contra epilepsia

Paciente con epilepsia, LD

El grupo francés Sanofi "cometió una falta" al no cumplir con sus obligaciones respecto al monitoreo e información sobre los riesgos para los fetos de su fármaco comercializado bajo el nombre 'Dépakine' para el feto, si se ingiere durante el embarazo, consideró este miércoles el Tribunal de Justicia de París.

Además declaró "admisible" la acción en grupo presentada por la Asociación de víctimas del Dépakine contra el laboratorio, facilitando la vía a un primer juicio de estas características en el ámbito sanitario en Francia.

Sanofi anunció su intención de apelar la sentencia.

Este procedimiento comenzó en mayo de 2017 por iniciativa de la Asociación de ayuda a padres de niños con síndrome anticonvulsivo (Apesac).

Esta asociación arguye que Sanofi tardó demasiado tiempo en informar a las pacientes tratadas con este medicamento sobre los riesgos de malformaciones o retrasos en el desarrollo de sus niños en caso de haberlo ingerido durante el embarazo.

En su veredicto, el tribunal fijó desde 1984 hasta 2006 el periodo durante el cual no consideró lo suficiente el riesgo de malformaciones congénitas.En cuanto a los trastornos en el neurodesarrollo, que fueron detectados más tarde, redujo el periodo a 2001-2006.

Apoyándose en la información científica de que se disponía por entonces, el tribunal consideró que Sanofi "produjo y comercializó un producto defectuoso, entre el 22 de mayo de 1998 y enero de 2006, en relación a malformaciones congénitas, y entre 2001 y enero de 2006, respecto a los trastornos en el neurodesarrollo".

Aimismo, ordenó que se brinde amplia publicidad sobre la posibilidad con que cuentan las pacientes y sus hijos afectados de participar en esta acción grupal.

Las mujeres afectadas y sus hijos nacidos entre 1984 y enero de 2006 con malformaciones congénitas y entre 2001 y enero de 2006 que hayan sufrido trastornos del neurodesarrollo y/o cognitivos tienen un plazo de cinco años para sumarse a esta demanda.