NEGOCIOS

Las nuevas y controvertidas leyes para el trabajo privado en Cuba

Después de 150 días de difícil digestión desde su publicación, nuevas normativas legales para el trabajo privado entrarán en vigor el próximo viernes en Cuba, en un clima de recelo y limitación.

Se trata de un paquete de 20 disposiciones emitidas por diferentes instancias del gobierno, publicadas el 10 de julio pasado en la Gaceta Oficial.

Estas son las más importantes:

- Fueron fusionadas algunas actividades permitidas y su número total pasó de 201 a 123.

- Solo se podrá ejercer una actividad privada por persona, tengan o no relación.

- Es obligatorio tener una cuenta bancaria fiscal que refleje las operaciones del negocio, a partir de la cual se hará la deducción de impuestos.

- Será obligatorio un contrato laboral legalizado para emplear mano de obra, con lo que ello implica de pago de seguridad social e impuestos.

- Los privados no podrán vender servicios a entidades extranjeras, que cada vez son más numerosas en la isla.

- Nuevo procedimiento para obtener una licencia, que en algunos casos incluye una declaración jurada sobre el origen del capital a invertir y requisitos sanitarios.

- Se elimina la exención impositiva por contrato de hasta cinco empleados, lo que resultaba estimulante para los pequeños negocios y para luchar contra el desempleo.

- Se precisan las posibles infracciones en cada actividad, se introducen nuevas sanciones, y se incrementa la cuantía de las multas, entre ellas en los servicios artísticos.

- Se prohíbe la existencia de academias, escuelas y agencias inmobiliarias, así como la coexistencia de dos negocios de una misma actividad en el mismo inmueble.