Tecnología

Los desafíos éticos, sociales y legales de la inteligencia artificial

Los derechos de las personas en relación con la inteligencia artificial son un tema de suma importancia y de constante evolución a medida de que la inteligencia artificial se vuelve cada vez más omnipresente nuestras vidas.

La inteligencia artificial procesa una gran cantidad de datos de una manera tan rápida que el talento humano sería incapaz de interpretar dicha información.Getty Images

Juan Ml. Medina AcostaEspecial para Listín Diario
Santo Domingo, RD

Estamos al borde de una revolución tecnológica que es conocida como la cuarta revolución industrial, que está modificando la forma en que vivimos, trabajamos y nos relacionamos. Es lo que respecta a la escala, alcance y complejidad. Esa transformación es totalmente distinta a cualquier otra que nosotros como seres humanos hayamos experimentado en cualquier otra etapa de la evolución humana.

Y esta cuarta revolución industrial es caracterizada por lo que se conoce como el capitalismo de vigilancia, que no es más que la forma en que las grandes empresas tecnológicas utilizan estas experiencias humanas y los datos personales de la mayoría de nosotros los usuarios para predecir el comportamiento de la sociedad.

Con estos avances se han presentado distintas tecnologías, entre las que se destaca la inteligencia artificial, ya que son programas capaces de realizar tareas que asemejarían cierta inteligencia y comportamiento parecido al de los humanos. Estas tareas incluyen el aprendizaje, la toma de decisiones, resolución de problemas, comprensión de lenguaje natural, percepción visual y auditiva, entre otras tantas.

La inteligencia artificial procesa una gran cantidad de datos de una manera tan rápida que el talento humano sería incapaz de interpretar dicha información. Se podría aplicar en este caso el modelo de la “caja negra”, que simplemente son las relaciones funcionales entre las entradas y las salidas de un sistema.

Cabe destacar que la inteligencia artificial está compuesta por una serie finita de instrucciones o pasos precisos que se diseñan para realizar una tarea o resolver un problema específico y a esto se le conoce como un algoritmo; algoritmo que es escrito por un programador, por tal razón, la brújula moral que posea dicha programación, es decir, el código escrito, está intrínsecamente vinculado a la ética de dicho programador.

A partir del siglo XVIII distintos acontecimientos de la historia nos otorgaron una estructura de derechos que se han convertido en derechos fundamentales, en derechos humanos y constitucionales que son inalienables; ¿usted se ha preguntado si realmente goza del derecho a la privacidad?

Estas multinacionales tecnológicas salvaguardadas en los contratos electrónicos de adhesión a simple clic establecen las reglas del juego de cómo deben de ser utilizadas las plataformas desarrolladas por ellos mismos, y cuál es el manejo o el uso que se le dan a las informaciones propias de cada usuario; por tal razón, las informaciones que subimos a las aplicaciones se refutan propiedad de las plataformas y, por ende, de las multinacionales. “Lo que se sube a la red se mantiene en la red” y lo que se almacena en servidores extranjeros queda en manos de quien controla dichos servidores y por tal razón nosotros no tenemos la forma de administrar o controlar el destino de nuestra propia data. Pero esto no queda solo aquí, aparte de extrapolarse al control de la privacidad de nuestra vida material al mundo binario, se mantiene el control absoluto de nuestra identidad digital.

En la actualidad, existen proyectos en ejecución como el famoso Neuralink de Elon Musk, que a finales de septiembre del año que finaliza acaba de obtener la aprobación para pruebas en seres humanos, lo que quiere decir que va a existir una integración ser humano máquina para poder controlar dispositivos solo con el pensamiento, pero de igual manera personas que han tenido dolencias físicas que no tienen el control de sus extremidades podrán volver a caminar o que la capacidad misma del lenguaje para comunicarse solo por medio del pensamiento va a ser una realidad a través de esta tecnología; pero también esta tecnología podrá permitir que tengan acceso hasta al más ínfimo de nuestros pensamientos; se abre una puerta que da entrada al fin de la libertad del pensamiento.

En este momento es que debe de aplicar con mayor ímpetu lo que se conoce como un neuroética, parte de la bioética que surge de la reflexión y deliberación de los conocimientos adquiridos con el proceso de la neurociencia, su relación con la mente humana, su impacto en el comportamiento y la identidad del propio ser y de allí resalta un nuevo marco jurídico internacional de derechos humanos, destinados específicamente a proteger el cerebro y su actividad. A medida de que se produzcan avances en neurotecnología, estos nuevos derechos conocidos como neuroderechos, entre los cuales debemos de mencionar el derecho a la identidad personal, al libre albedrío, a la privacidad mental, al aumento de la neurocognición y a la protección de sesgos, deben de salvaguardarse imperativamente.

Hace más de 20 años, consciente sobre el avance de la biotecnología, la Unesco ha querido avanzar acorde con los desarrollos tecnológicos, por ejemplo, en el año 1997, con la Declaración Universal sobre el Genoma Humano; en el año 2003, con la Declaración Internacional de los Datos Genéticos Humanos; en el 2004, con La clonación humana, cuestiones éticas, y en el 2006, con la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos. En nuestra vida diaria y como si fuera ciencia ficción, podemos ver la televisión, un cyborg o quizás el agente de la justicia Alex J. Murphy, conocido como RoboCop, que antes era algo impensable en nuestro mundo material a partir de este año es una realidad consumada.

Los derechos de las personas en relación con la inteligencia artificial son un tema de suma importancia y de constante evolución a medida de que la inteligencia artificial se vuelve cada vez más omnipresente nuestras vidas. Vamos enumerar algunos de los derechos humanos que la inteligencia artificial debe de utilizar de manera ética y respetuosa, como el derecho a la privacidad, derecho a la no discriminación derecho a la transparencia, derecho a la explicación, derecho a la seguridad, derecho a la propiedad y el control de datos, derecho a la igualdad de oportunidades, derecho a la participación y rendición de cuentas, y derecho a la educación y capacitación.

Este tema lo sacamos a colación porque en la práctica en nuestra vida diaria como abogado en ejercicio y docente universitario, hemos podido constatar el impacto positivo pero de igual forma lo negativo de la implementación de estas herramientas en los distintos escenarios del quehacer en cada profesión u acto. Hay que recordar que esto no es más que una herramienta de las cuales se deben de disponer para un uso responsable, sin olvidar que, como herramienta, se ha de emplear para construir y no para destruir o dilatar el desarrollo cognitivo de cada individuo.

Juan Ml. Medina AcostaDocente, informático y abogado
@JuanMedinaRD

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