La Vida

Delitos cibernéticos

La horrible amenaza de extorsión detrás de las pantallas: falsas acusaciones de pornografía infantil en línea

Esta modalidad de estafa tiene elementos constitutivos específicos en los que destaca sobremanera la violencia para obtener el fin que persigue el extorsionador o los extorsionadores que casi siempre componen una asociación de malhechores.

la extorsión consiste en obligar a alguien, a menudo usando la violencia o la intimidación, a llevar a cabo una acción o abstenerse de un acto, en la mayoría de las ocasiones con el propósito de obtener ganancias.iStock

Juan Ml. Medina AcostaEspecial para Listín Diario
Santo Domingo, RD

La extorsión, mis queridos lectores, no es solo un término enigmático; es un delito que sacude los cimientos de la sociedad actual vulnerando directamente los parámetros de la ética y la legalidad. En esencia, la extorsión consiste en obligar a alguien, a menudo usando la violencia o la intimidación, a llevar a cabo una acción o abstenerse de un acto, en la mayoría de las ocasiones con el propósito de obtener ganancias y, por supuesto, causar un perjuicio económico a la víctima.

En un acto siniestro y maquinado, el extorsionador establece el modus operandi, que puede ser tan retorcido como un perfil falso en una red social. Imaginen, amigos, una imagen exquisita frente a sus ojos pero detrás de la pantalla un rostro sombrío al otro lado del metaverso que exige a la víctima, bajo la amenaza de dañar su imagen, la moral, a su familia o propiedad. Características distintivas de esta trama oscura incluyen un origen oculto, un diálogo interminable donde el delincuente se jacta de su identidad ficticia, en ocasiones hasta finge ser a otra víctima de sí mismo. Así es, ¡la complejidad es escalofriante!

Pero eso no es todo, la extorsión se mezcla entre los delitos de apoderamiento y estafa, ya que combina el deseo de lucro con la manipulación utilizando las herramientas que les aportan los medios electrónicos y las redes sociales. ¡Y ahí no termina! Se entrelaza con el delito de amenazas condicionales, ya que el extorsionador juega con la mente de su víctima para forzar una transacción.

Ahora, sumerjámonos en los elementos clave que definen este despiadado juego. ¿Qué lleva a la consumación de una extorsión? Bueno, no es necesario que el delito tenga efectos tangibles, ya que, en el ámbito civil, esos efectos podrían ser inexistentes. ¡Y la tentativa está en juego también! Si el acto de violencia falla en su objetivo, puede haber una tentativa incompleta en juego, manteniéndonos al borde de nuestros asientos; esto quiere decir que la simple intención de la acción misma puede ser sancionada.

Es perentorio resaltar que la extorsión es una modalidad de estafa con elementos constitutivos específicos en los que destaca sobremanera la violencia para obtener el fin que persigue el extorsionador o los extorsionadores que casi siempre componen una asociación de malhechores; el artículo 405 del Código Penal Dominicano establece como elementos constitutivos de la estafa: que haya tenido lugar mediante el empleo de maniobras fraudulentas; que la entrega o remesa de valores, capitales u otros objetos haya sido obtenida con la ayuda de esas maniobras fraudulentas; que haya un perjuicio, un daño y la intención fraudulenta; delito que conlleva a penas de prisión correccional de 6 meses a dos 2 años.

En lo que respecta a la ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología en la República Dominicana, tipifica la estafa en su artículo 15: la estafa realizada a través del empleo de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones, se sancionará con la pena de tres meses a siete años de prisión y multa de diez a quinientas veces el salario mínimo.

A todo esto, se le podrían sumar otros ilícitos tipificados en dicha ley como artículo 17, robo de Identidad. El hecho de una persona valerse de una identidad ajena a la suya, a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones, se sancionará con penas de tres meses a siete años de prisión y multa de dos a doscientas veces el salario mínimo.

Aquí es donde las partes objetivas y subjetivas se entrelazan. La violencia y la intimidación son los caballos de batalla de la extorsión, impulsando al sujeto pasivo a actuar contra su voluntad. Y hablando de voluntad, el extorsionador solo tiene un objetivo en mente: el lucro. Ah, pero esta no es una ganancia ordinaria; debe estar vinculada a la lesión de la libertad del sujeto pasivo. El enredo legal y psicológico es sorprendente, ¿no lo creen?

Y cuando examinamos el contexto jurídico dominicano, encontramos los matices específicos de la extorsión en la ley. Desde la manipulación electrónica hasta el chantaje cibernético, la ley se enfrenta a los crímenes y delitos de alta tecnología. ¡Estafas electrónicas y chantajes cibernéticos están bajo el microscopio, con penas que oscilan entre prisión y multas considerables!

Así que ahí lo tienen, amigos. La extorsión, un juego retorcido de violencia, intimidación y ganancias ilegales. Un delito que desafía los límites entre el robo, la estafa y la amenaza.

Luego de haber arrojado un poco de luz en el ámbito jurídico sobre la extorsión en línea, quisiera trasladarlos y hacerles parte de esta historia que voy a contarles, historia que han vivido en carne propia decenas de personas que se han convertido en víctimas de este tipo de extorsión.

Todo inicia con un perfil falso de una dama muy atractiva que a primer instante parece ser auténtico; esta dama contacta a un caballero que fácilmente puede ser uno de ustedes ya que el perfil que buscan es de una persona principalmente masculina con edad comprendida entre los 20 y 60 años, con edad productiva económicamente y que al momento de recibir un mensaje por DM o una solicitud de amistad no dude un instante en responder.

De manera subsecuente las conversaciones comienzan a subir un poco el tono de picor y elevar la temperatura, ya sea con insinuaciones, propuestas o fotografías; de un momento a otro, por supuesta comodidad y efectividad para la comunicación, le piden el número telefónico para contactarle vía WhatsApp por ser un contacto más directo.

Luego de dar continuidad en la plataforma de mensajería más utilizada a nivel mundial, la supuesta dama decide hacer llamadas de video; cualquiera siente cierta emoción y temor al mismo tiempo cuando se recibe esa notificación de videollamada entrante, ya que trae consigo una sorpresa que quizá se esperaba hace un tiempo; lo lamentable es que en la mayoría de los casos se aceptan estas videollamadas sin conocer los riesgos; nunca se deben de responder sin conocer a la persona que le está llamando, excepto en casos excepcionales, ya que puede ser objeto de cualquier manipulación de su imagen como es el caso en cuestión.

Al aceptar la videollamada entrante, la supuesta dama graba la pantalla donde sale el emocionado caballero, ansioso por ver y disfrutar de las promesas vía texto, sin percatarse de que cada acción está siendo almacenada en formato digital por su victimario.

Solo unos minutos después de colgar, recibe un mensaje de su nueva aventura, es un archivo de video que al descargarse pertenece a lo capturado en la videollamada anterior, pero en esta ocasión con algunas modificaciones, en la parte superior no es la dama que inicialmente le contactó, sino un video pornográfico de una aparente menor de edad complaciéndose a sí misma, mientras el caballero con emoción expresa en su rostro es capturado en dicho video; y, como si esto fuera poco, a unos segundos antes de culminar el corte digno de Steven Spielberg, se puede observar que cambia la cámara y a primera vista se ve a una persona masculina con características físicas muy parecidas a la del receptor de la videollamada, pero en esta ocasión desnudo y masturbándose; se podría pensar que es el mismo hombre, pero lo cierto es que se convirtió en una víctima; la oveja salió por lana y terminó trasquilada.

Inmediatamente, la supuesta dama exige un pago de una gran suma de dinero para no divulgar el contenido de ese video y, peor aún, de no ir a la fiscalía a denunciarlo por consumo de pornografía infantil, por supuestamente incitar a una menor de edad a dichos actos; si este no responde en unos 10 minutos, le envía otro video donde se observa a una mujer adulta de la mano de una menor caminando por la calle, supuestamente de camino a denunciar lo que sucedió; que no está de más mencionar que la simple posesión de porno infantil es sancionada y es uno de los delitos más perseguidos desde el convenio de cibercriminalidad o convenio de Budapest.

Imagínense ustedes el nerviosismo y la intranquilidad que cualquiera puede vivir en ese instante; pero no queda allí; un amigo del mundo real le contacta vía WhatsApp diciéndole que acaba de recibir ese video y que representa un gran problema, que por eso se puede caer preso y que tiene un supuesto amigo coronel que le ayudó a resolver un problema parecido hace un tiempo; lo único extraño es que ese amigo contacta por un número desconocido, aunque tenga la imagen de quien dice ser que es; obvio que hubo un análisis exhaustivo de nuestras redes y estos ciberdelincuentes son tan detallistas que se percatan de las incidencias o los vínculos de amistad de estas plataformas para valerse de herramientas y facilitar la ingeniería social, mejor conocida como la teoría del engaño, el hackear al ser humano con mentiras que estructuralmente parten de verdades.

Unos minutos después de que el supuesto amigo le facilita el contacto al “coronel” la víctima recibe un mensaje de texto del falso agente del orden, que se identifica como coronel pero posee la imagen de un general de la Policía Nacional en su foto de perfil; que inmediatamente sin mediar palabra le hace una llamada y desde el primer instante el sonido que resalta es el radio comunicador de la central al cual entran y salen las comunicaciones; pero todo es parte de esta gran película, del libreto que siguen para presionar psicológicamente a la víctima.

El supuesto coronel le motiva a guardar todas las informaciones para poder dar seguimiento a la extorsionadora, también le orienta diciendo que no le transfiera todo el dinero que exigen, que negocie para enviarle aunque sea el cincuenta por ciento de la suma requerida, que ese capital no se va a perder porque él garantiza que van a dar con esa persona, de hecho le da su palabra de que la van a agarrar, solo requiere saber el banco o la remesadora a la cual se hará el depósito para instruir a las patrullas que le esperen hasta que retiren; pero al mismo tiempo habla como todo un jurista de leyes, normas, jurisprudencia y las sanciones que pueden aplicarse a este caso si se hace público o hay una supuesta denuncia, por eso le pide a la víctima que sea discreto y no se lo diga a nadie, que confíe en él y solo en él.

Al final de esta historia el afectado siempre será aquel que transfiera dichos fondos por la presión ejercida por estos sextorsionadores, extorsionadores de carácter sexual que, como si fueran titiriteros, controlan las acciones de sus víctimas utilizando las maniobras mencionadas en los párrafos anteriores. La mejor herramienta para la internet es el conocimiento.

El autor es docente, informático y abogado
@JuanMedinaRD