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Abinader deroga el decreto que aprobó aeropuerto de Bávaro

El establecimiento del aeropuerto fue autorizado en 2020 por el entonces presidente Danilo Medina, 23 días antes del traspaso de mando

El Aeropuerto Internacional de Bávaro sería establecido en el paraje Tres Piezas, sector El Salado, de Higüey, provincia La Altagracia.Listin Diario

El presidente Luis Abinader derogó ayer el decreto 270-20, del 21 de julio de 2020, que aprobaba el establecimiento del Aeropuerto Internacional de Bávaro.

Abinader emitió el decreto 2-24, que se produce luego de que el pasado 3 de enero la Suprema Corte de Justicia ordenara la paralización de la obra con la finalidad de “velar por la legalidad del cumplimiento del ordenamiento jurídico dominicano, entre otros aspectos”.

Además de esa sentencia la construcción de ese aeropuerto en el paraje de Tres Piezas, sector El Salado, del municipio Salvaleón de Higüey, provincia La Altagracia, ha tenido alrededor de otras siete sentencias en contra de su construcción.

Una de ellas fue dada el 15 de diciembre de 2023 por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que estableció que “la solicitud para el establecimiento del aeropuerto no fue realizada a la entidad pública competente, el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC), sino ante una entidad incompetente, como lo es la Comisión Aeroportuaria”.

Asimismo, otra sentencia consideró que el decreto 270-20, además de partir de una “resolución de no objeción que ha sido anulada, incurre, según el criterio de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia expresado en la Sentencia número SCJ-TS-23-1451, en un exceso de competencia, pues determina de manera directa cuál será la empresa beneficiaria de su construcción y operación, cuando, de conformidad con la ley, la atribución del Poder Ejecutivo se limita a impartir o no su aprobación respecto al establecimiento de un aeropuerto en un lugar determinado”.

El Poder Ejecutivo dispone que el decreto que anula la construcción del aeropuerto de Bávaro sea enviado a la Comisión Aeroportuaria; al Departamento Aeroportuario; al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC); al Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil (CESAC); al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) para su conocimiento y ejecución.

El año pasado el Tribunal Superior Administrativo rechazó también un recurso contencioso administrativo elevado por el Grupo Abrisa contra una resolución del IDAC que rechazaba la solicitud de permiso de operación y no objeción aeronáutica al Aeropuerto Internacional de Bávaro.

Ya en abril pasado, la Suprema Corte de Justicia había emitido una sentencia que rechazó el recurso de casación elevado por el Grupo Abrisa y el AIB contra la decisión del Tribunal Superior Administrativo, a lo cual el consejo de defensa había restado validez.

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