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JCE emite prohibiciones de los funcionarios para la precampaña y campaña electoral

Específica que esto puede ser denunciado ante las autoridades del Ministerio Público y, en caso de comprobarse la responsabilidad, puede ser susceptible de una condena de uno a tres años.

El presidente Luis Abinader recibe ovación al expresar en un acto "El cambio sigue".

El presidente Luis Abinader recibe ovación al expresar en un acto "El cambio sigue".

La Junta Central Electoral (JCE) emitió la resolución No. 38-2023, que tiene como propósito regular la participación de los funcionarios públicos en el período de la precampaña y en la campaña electoral de cara a las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024.

Dentro de estos funcionarios públicos se incluyen aquellos que fueron colocados en sus puestos por designación a través de un decreto del Poder Ejecutivo o por instituciones públicos, así como los de ayuntamientos a nivel nacional.

Con relación a las disposiciones aplicables a los funcionarios públicos durante el período de la precampaña, una de las primeras prohibiciones detallas por la JCE es la utilización de recursos económicos del Estado.

“Durante el período de la precampaña, los funcionarios públicos que administran recursos económicos del Estado deberán abstenerse de utilizar los mismos para provecho político propio o en beneficio de terceros personas con igual propósito político”, cita el documento.

Específica que esto puede ser denunciado ante las autoridades del Ministerio Público y, en caso de comprobarse la responsabilidad, puede ser susceptible de una condena de uno a tres años.

Otras de las cosas que no se pueden hacer, según la resolución, es recibir financiamiento ilícito durante lo precampaña, por lo cual se puede condenar al pago de una multa del doble de lo contribución ilícitamente aceptada.

Además, resalta la prohibición de propaganda política en los edificios de las instituciones públicas, así como utilizar los vehículos y demás bienes de uso institucional para provecho político propio o de terceros personas con aspiraciones.

“Durante el período de lo precampaña, los instituciones públicos del Estado y sus incumbentes deberán abstenerse de utilizar, bajo cualquier modalidad en la publicidad de dichas instituciones, elementos propagandísticos de tipo político o que entrañen lo promoción de los aspiraciones políticos”, agrega el documento.

También, la JCE menciona que los símbolos patrios ni los símbolos religiosos del pueblo dominicano podrán ser utilizados como elementos de promoción política o como mecanismo asociado a esta en los procesos internos de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

“En los actos públicos u oficiales que realizan los instituciones públicos del Estado y sus funcionarios, no se permitirá que los mismos sirvan de tribuno o escenario paro promocionar aspiraciones a lo interno de las organizaciones políticos”, explica la resolución.

Para el período de la campaña electoral, se mantienen las prohibiciones de celebrar actos públicos realizados por los entidades estatales para lo promoción de cualquiera de los candidatos políticos, así como realizar marchas, mítines o la presentación de pancartas, letreros o propaganda de cualquier tipo en estos actos o alrededor de ellos.

De igual manera, no podrá fijarse ni distribuirse propaganda de carácter electoral en el interior de las oficinas, edificios y locales ocupados por los poderes públicos o los edificios escolares.