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política

Oposición señala sentencia del TSE "no es vinculante"

De aprobarse esa resolución tal cual, los partidos sólo podrán reservar plazas para las candidaturas de hasta 38 diputados y seis senadores. 

José Dantes Díaz, representante del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

José Dantés Díaz, representante del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).Glauco Moquete

Dirigentes de distintos partidos de oposición indicaron que la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) en la que la Junta Central Electoral (JCE) se basó para proponer el borrón de la resolución que regirá la reserva de las candidaturas "no es vinculante" debido a que existe una texto legislativo "más reciente" que la misma.

Según lo explicado por José Dantés Díaz, representante del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), el artículo 106 de la nueva Ley Electoral 20-23 señala que las alianzas son posibles en "una, en varias o en todas las provincias".

"Por vía de consecuencia, creemos que la Junta Central tiene el tiempo para entrar en diálogo con los partidos políticos porque repito no hay ninguna decisión del Congreso Nacional que límite que el 20% de las reservas por cada nivel de las elecciones ni una provincia ni demarcación en particular", explicó Dantes Díaz a los medios de comunicación.

El mismo señaló que el artículo 341 de esa ley deroga toda "disposición que le sea contraría".

Dantes, acompañado de varios representantes de partidos opositores como la Fuerza del Pueblo, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), entre otros, indicó que tampoco el artículo 58 de la ley 33-18, sobre Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, limita el 20% de las reservas.

El artículo 58 de la ley 33-18 señala que el organismo de máxima dirección colegiada de todo partido, agrupación o movimiento político, con la aprobación de sus integrantes, tiene el derecho de reservar a conveniencia de su organización, incluyendo los puestos cedidos a dirigentes de la misma organización o por acuerdos, alianzas o fusiones con otros partidos, agrupaciones o movimientos políticos, un máximo de candidaturas a cargos de elección popular equivalente al 20% del total de las nominaciones para los puestos de senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores, subdirectores y vocales de distritos municipales establecidas por la Constitución y las leyes.

Los opositores señalaron que al menos 26 partidos políticos tienen ese mismo pensamiento, ya que en una comunicación enviada a la Junta el 19 de abril, firmada por ese total de organizaciones políticas, señalaban que el órgano electoral debía ceñirse a lo dispuesto por la ley, que es el "20% de la totalidad de los cargos".

Dirigentes de distintos partidos de oposición indicaron que la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) en la que la Junta Central Electoral (JCE) se basó para proponer el borrón de la resolución que regirá la reserva de las candidaturas "no es vinculante" debido a que existe una texto legislativo "más reciente" que la misma. Video

Oposición señala sentencia del TSE "no es vinculante"


El borrador de resolución señala que las reservas de candidaturas que al efecto deban ser realizadas por los partidos, agrupaciones y movimientos políticos dentro del porcentaje del 20% que establece la ley, deberá ser realizada por cada nivel de elección a diferencia de como se venía aplicando hasta la fecha que era de un 20% de las candidaturas a nivel universal.

De aprobarse esa resolución tal cual, los partidos sólo podrán reservar plazas para las candidaturas de hasta 38 diputados y seis senadores; lo cual dificultaría el tema de negociación de alianzas y coaliciones entre las organizaciones políticas; además de 32 alcaldes.