Migración

Organizaciones piden a Abinader cesar la "deportación de haitianos con condición migratoria regular"

Presidente Luis AbinaderArchivo

Organizaciones piden al presidente Luis Abinader que cesen las deportaciones de haitianos en condición migratoria regular y denunciaron el cobro de “peajes” para liberar a aquellos detenidos solo por su color de piel.

“Los militares, policías y agentes de Migración han encontrado una especie de alcancía en los ciudadanos de piel color negro, y más si son haitianos, al apresarles para luego liberarles a cambio del cobro de hasta 12,000 pesos", dijo Joseph Cherubín, del Movimiento Socio Cultural de los Trabajadores Haitianos (Mosctha) y la Red de Encuentro Dominico-Haitiano Jacques Viou.

Dijo que esta acción se da en el Vacacional de Haina. Además, que son expulsados quienes forman parte de los 11,000 haitianos que fueron dotados de documentos como residentes en virtud del Plan Nacional de Regulación de Extranjeros (PNRE) puesto en marcha por el gobierno.

Cherubín aseguró “que en todo el país policías y guardias apresan y liberan con la misma condición de exigirles dinero”.

Son innúmeros los testimonios de haitianos con sus “documentos al día, o sin ellos”, que acuden a sus oficinas a reclamar apoyo ante las “hostilidades” de los agentes de la seguridad del Estado, Según el vocero del Mosctha y la Red de Encuentro Dominico-Haitiano Jacques Viou.

Deportación a los “apátridas”

El vocero de las organizaciones defensoras de los derechos humanos denunció que las autoridades de Migración deportan a los “apátridas”, a quienes definió como la parte del grupo B de la ley número 169-14, del 23 de mayo de 2014.

Según se establece en el artículo 1 de la ley 169-14, esta ley tiene por objeto exclusivo establecer: A) “Un régimen especial en beneficio de hijos de padres y madres extranjeros no residentes nacidos en el territorio nacional durante el período comprendido entre el 16 de junio de 1929 al 18 de abril de 2007 inscritos en los libros del Registro Civil dominicano, basados en documentos no reconocidos por las normas vigentes para esos fines al momento de la inscripción”.

Esa ley también se refiere al grupo B, o sea, al registro de hijos de padres extranjeros en situación irregular nacidos en la República Dominicana y que no figuran inscritos en el Registro Civil. “Esos casos debieron ventilarse en una segunda parte del PNRE aún pendiente”, detalló Cherubín.

En cuanto al PNRE, en su primera parte, fue un régimen especial para dotar de documentos de identidad y permisos de permanencia a los extranjeros que se encontraban residiendo en el país de forma irregular antes de la promulgación del Reglamento número 631-11, del 19 de octubre de 2011.

Fue reglamentado mediante el decreto 327-13, a partir de lo establecido en el artículo 151 de la Ley General de Migración número 285-04 y ordenado por la Sentencia 0168/13 del Tribunal Constitucional.