Justicia

TC declara inadmisible recurso de revisión contra archivo definitivo a favor del juez Herrera Carbuccia en el caso Bahía de las Águilas

La decisión fue recurrida en apelación ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, quien en fecha 19 de julio de 2021 desestimó dicho recurso y confirmó en todas sus partes la decisión recurrida

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El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible un recurso de revisión en contra de un archivo definitivo en favor del juez de la Suprema Corte de Justicia, Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quien fue objeto de una querella por supuestas irregularidades en el caso Bahía de las Águilas.

El tribunal mediante sentencia TC/0952/23, de fecha 27 del mes de diciembre de 2023, entendió que no procedía el recurso de revisión interpuesto por la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., en contra del presidente de la Tercera Sala de la Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso y Administrativo de la Suprema.

Asimismo, la Alta Corte ordenó la comunicación de la sentencia por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar a la parte recurrente, la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., y a la parte recurrida, la Procuraduría General de la República.

La querella fue presentada por el consejo de abogados del caso Bahía de las Águilas, encabezado por la empresa Global Multibussines Corporation, representada por el abogado Rafael Helena Regalado, empero el procurador adjunto Víctor Robustiano Peña, dispuso el archivo definitivo de las imputaciones, tras considerar que no existían fundamentos ni pruebas.

La decisión del Ministerio Público fue objetada ante el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, por tratarse de un imputado con jurisdicción privilegiada, sin embargo, el juez el 21 de mayo del 2021, rechazó dicha objeción y ratificó en todas sus partes el dictamen de archivo del Ministerio Público.

La decisión fue recurrida en apelación ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, quien en fecha 19 de julio de 2021 desestimó dicho recurso y confirmó en todas sus partes la decisión recurrida.

En el recurso de revisión, los abogados argumentaron la existencia de presuntas irregularidades procesales, violación del debido proceso, afectación a los derechos de propiedad y existencia de un esquema de soborno y corrupción judicial que habría inclinado la balanza en favor del Estado dominicano y del Ministerio Público, en el caso Bahía de las Águilas.

Además, consideraron que en las sentencias que favorecieron al Estado dominicano no se había garantizado un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas.

También señalaban la supuesta transgresión a los artículos 146, 152 y siguientes de la Constitución dominicana; vulneración de los artículos VI, numeral 1, letras a), b), c) y e) de la Convención Interamericana contra la Corrupción; Código de Ética Iberoamericano, del 29 de marzo de 1996, que tipifican la prevaricación, cohecho, soborno y corrupción, cargos que fueron desestimados en la decisión del Tribunal Constitucional.