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Imponen coerciones a implicados en explosión de San Cristóbal

La jueza de la Oficina de Servicios de Atención Permanente del Palacio de Justicia de San Cristóbal, Miolanny Herasme, acogió parcialmente la solicitud de medida de coerción del Ministerio Público contra los imputados en el caso “Explosión Mortal”.

La jueza declaró el caso complejo.

La jueza declaró el caso complejo.JORGE MARTÍNEZ/LD

La jueza de la Oficina de Servicios de Atención Permanente del Palacio de Justicia de San Cristóbal, Miolanny Herasme, acogió parcialmente la solicitud de medida de coerción del Ministerio Público contra los imputados en el caso “Explosión Mortal”, que investiga a los propietarios de la empresa Vidal Plast SRL, relacionados con el siniestro ocurrido en el municipio cabecera de esa demarcación que dejó a 37 víctimas mortales y unos 59 heridos.

Las medidas de coerción impuestas son garantía económica, el impedimento de salida y presentación periódica para el propietario de la empresa, Edward Vidal Garrido, su esposa Maribel Sandoval y su hija Mercedes Vidal Sandoval.

Al propietario le fue impuesta una cifra de 300 mil pesos y un dispositivo localizador, mientras que para su esposa y su hija, fueron impuestas una fianza de un millón de pesos, la cual será tramitada a través de una compañía aseguradora.

El Ministerio Público explicó que, con relación al cese de operaciones de la empresa, esto fue rechazado por el tribunal, mientras que el caso fue declarado complejo.

Los abogados de las víctimas decidirán si apelarán o no las medidas de coerción impuestas por el tribunal.

Manuel Arciniega, abogado de una de las víctimas fallecidas en el siniestro, Tico Manuel Ortega Cruz, indicó en representación a la familia que “estamos preparando de inmediato un recurso de apelación, para apelar estas medidas”.

En tanto, Franyel Rodríguez, uno de abogados de Faustino Nivar Doñé, otra de las víctimas, indicó que “vamos a esperar la resolución íntegra, para ver los motivos y estudiarlos más a fondo, para ver si hay cualquier otra falencia dentro de la resolución y conversarlo con mis compañeros para ver si pudiéramos apelar, o si no hay necesidad de hacerlo”.

Otro de los abogados de Doñé, Germán Amaury Angomas, indicó que “la juez bajo el principio de justicia robada, acogió la complejidad del caso, y en cuanto a ya una parte posterior, si se apelaría o no a dicha decisión, pues estaríamos reunidos, y bajo una argumentación forzada, si sería necesario sí o no”.

Al finalizar la audiencia, el Ministerio Público dio a conocer que colectó 62 evidencias que depositó como la probatoria, lo que permitió que el tribunal declarara como buena y válida, la solicitud de medida de coerción.

“Debemos esperar a que llegue la decisión motivada debidamente por el Tribunal, para nosotros poder estudiar conjuntamente con los superiores y así en forma de consenso verificar las condiciones para emitir, si apelaríamos o no, la decisión”, indicó Daryl Montes de Oca, fiscal del órgano persecutor.

Calificación jurídica

Rodríguez aseveró que la calificación jurídica que ha sido establecida en el caso de manera provisional, es el homicidio culposo, el cual tiene una pena máxima de dos años aunque el Ministerio Público intentó que también se le incluyera un delito medioambiental.

Sostuvo que es posible que se agreguen otras calificaciones jurídicas, por lo que la pena podría maximizarse.